La justicia porteña autorizó a un enfermo con HIV que padece fuertes dolores a raíz de una neuropatía periférica en sus extremidades, a recibir medicación que contenga cannabis(marihuana) ya que si bien su uso se encuentra prohibido en el país, quedó probado «la mejora en el estado anímico» del paciente.
El fallo del juez porteño Guillermo Scheibler autorizó «el uso compasivo» del cannabis porque el derecho «no puede ser insensible al dolor y al sufrimiento humano».
El caso involucra a un hombre que esta internado en el Hospital Tornú de la Ciudad de Buenos Aires quepresentó una acción de amparo para que los médicos le prescriban medicación que contenga cannabis para aliviar su dolor ya que los médicos le suministraban metadona lo que le provocaba muchos efectos secundarios.
El juez Guillermo Scheibler, titular del juzgado 13 en lo Contencioso porteño, aseguró que si bien es ilegal el uso y suministro de cannabis en la Argentina, destacó que ciertas normas penales «conspirarían contra un adecuado ejercicio y goce de derechos individuales como el de la salud, dignidad, intimidad o la autonomía».
En la historia clínica del paciente «ya había un registro de ingesta de cannabis» por sus dolencias señala Scheibler y aseguró que a partir de este hecho y la disminución de las dosis de metadona «mejoró el estado anímico» del hombre ayudado por la relación médico-paciente.
El juez hizo referencia en este punto a que la falencia de no haber incluido en la historia clínica la ingesta de cannabis «no es ajena a la total, severa e inconstitucional prohibición legal existente respecto de su consumo y a las penalizaciones y las prohibiciones que rigen respecto de los profesionales de la salud».
Ante esta situación, el juez dispuso que el caso se incluya en el «régimen de uso compasivo de productos médicos» que permite la autorización individual de importación o uso de productos medicinales no comercializados en el país, «en situaciones clínicas que incapacitan o deterioran la calidad de vida» o también «cuando no es efectiva la terapéutica convencional reconocida o se presenta intolerancia a los tratamientos existentes».
Scheibler ordenó previamente que los profesionales médicos del Hospital Tornú realicen consultas sobre la factibilidad del uso de cannabis en este caso particular con las autoridades académicas de la Facultad de Medicina de la Universidad de La Plata.
En caso de existir el acuerdo, el gobierno porteño, autoridad administrativa de quien depende el Hospital Tornú, deberá solicitar a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica(ANMAT) la solicitud de autorización para el ingreso al país del producto médico que se trate.
«El cannabis es una medicina milenaria que sirve para aliviar el dolor, mejora el apetito, es un potente antihemático es decir que restringe la posibilidad de tener náuseas y mejora el estado ánimico. Eso es lo que se conoce pero no se ha investigado mucho sus propiedades por las prohibición que existe para su uso y cultivo», dijo Martín Armada editor de la revista THC.
El especialista detalló que no obstante «en Chile ya se autoriza para prevenir la epilepsia en niños, mientras que en los Estados Unidos una gran cantidad de estados tiene legislación que autoriza su uso terapéutico».
Precisó que en la Argentina la ley de drogas 23737 de 1989 «prohíbe el uso terapéutico, consumo y cultivo del cannabis y el que viola esta ley es considerado un criminal» por lo que «no existen investigaciones en el país sobre sus propiedades terapéuticas».
«En la Argentina existe una cultura tendenciosa, una visión prejuiciosa e ignorante sobre el cannabis tanto es así que muchos desconocen que es una planta y que sólo una parte de ella es psicoactiva», aseguró Armada.
Aseguró que «esta probado con ensayos científicos del valor del cannabis en su faceta medicinal, especialmente en lo que tiene que ver con los cuidados paliativos del paciente».
Armada consideró que «pese a que existan una avalancha de fallos que autoricen al cannabis en su faz terapéutica, si no existen leyes que levanten su prohibición no se podrá utilizar legalmente, pero aparte la accesibilidad es muy restringida ya que sólo se podría obtenerla a precio dolar».
Consideró que este fallo «actúa en un caso particular y celebramos que un juez reconozca el valor terapéutico del cannabis pero los fallos pueden o no cumplirse en cambio los magistrados necesitan leyes sobre el particular».
Fuente > http://www.losandes.com.ar/noticia/autorizaron-el-uso-de-cannabis-para-un-paciente-con-hiv-en-buenos-aires