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viernes, noviembre 22, 2024
Maduro decreta “Estado de Excepción”

Maduro decreta “Estado de Excepción”

El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, anunció un “Estado de Excepción” en Municipios fronterizos con Colombia por 60 días, prorrogables a 60 días más.

“Quiero anunciar que como parte de las medidas para restablecer el orden, la paz, la tranquilidad, la justicia y una frontera humana, he decidido activar un estado de excepción constitucional, declarar el estado de excepción constitucional” en varios municipios del estado Táchira (este), dijo Maduro.

“El objetivo del Estado de Excepción Constitucional es restablecer el orden, la paz y la justicia. Lo decreto obligado por las circunstancias del ataque del crimen internacional contra la nación”, afirmó.

“Pido todo el apoyo de la Asamblea Nacional y a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana”.

Maduro nombró al gobernador Vielma Mora como jefe de toda la zona especial fronteriza “para su restablecimiento integral”.

Según el Artículo 338 de la Constitución Nacional, se afirma que “Podrá decretarse el estado de alarma cuando se produzcan catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos similares que pongan seriamente en peligro la seguridad de la Nación, o de sus ciudadanos y ciudadanas. Dicho estado de excepción durará hasta treinta días, siendo prorrogable hasta por treinta días más”.

Así mismo el Artículo 332, de la Constitución Nacional, “El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizará:

Un cuerpo uniformado de policía nacional.

Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas.

Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter civil.

Una organización de protección civil y administración de desastres.

Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna.

La función de los órganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los Estados y Municipios en los términos establecidos en esta Constitución y en la ley”.

La Patilla

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