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sábado, noviembre 2, 2024

Lo procesan por estafa porque se “olvidó” de pagar en estación de servicio

El tribunal, integrado por los jueces Mariano González Palazzo y Marcelo Lucini, dispuso la medida contra Luis Fernando Casella, quien “admitió haberse retirado de la estación de servicios en que trabajaba el denunciante sin haber abonado el combustible que había cargado en su automóvil”. Sin embargo, en su defensa arguyó que “por una confusión olvidó efectuar el pago” y aludió a que creyó que lo había hecho uno de sus acompañantes. Pero los jueces destacaron que “nunca aportó los datos de quienes se movilizaban junto a él y, presuntamente, habrían de convalidar su versión”. “El abandono del lugar en su rodado, y la circunstancia de que luego del hecho no se verificara intento alguno de su parte por salvar la omisión en que afirma haber incurrido, denota su voluntad de perpetrar el hecho por el cual ha sido procesado”, añadieron los jueces. El delito de estafa contempla penas que llegan hasta los seis años de cárcel. El tribunal también descartó la aplicación del denominado “principio de insignificancia”, es decir desestimar la acción penal por el escaso valor pecuniario del perjuicio supuestamente ocasionado a la estación de servicio. “Aun cuando la lesión fuere mínima, en alguna medida el bien jurídico protegido por la norma ha sido vulnerado”, dijeron los jueces. “La insignificancia sólo puede jugar cuando es tal que lleva a despojar a la cosa de ese carácter. Es que no se atiende a la entidad de la lesión patrimonial, sino a la violación al derecho de propiedad, independientemente del mayor o menor valor de la cosa, aspecto que es relevante sólo a los fines de graduar la pena», resumieron.

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