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sábado, noviembre 23, 2024

El CELS criticó el fallo de la Corte: «El derecho a huelga es de los trabajadores»

En este sentido, la ONG advirtió que la resolución del máximo tribunal “impide que los trabajadores no registrados o tercerizados puedan ejercer ese derecho esencial”, y señaló que, incluso, desde esta perspectiva, “podrán ser despedidos con causa ante cada protesta, los grupos de trabajadores organizados espontáneamente o de sindicatos en formación”. Así lo expresó el CELS a través de la red social Twitter, a través de la cual también precisó que “al considerar huelga a diversas formas de protesta, los trabajadores pueden ser despedidos si esas medidas no fueron decididas por sindicato”. “El derecho a huelga es de los trabajadores”, aseveró la organización encabezada por el periodista Horacio Verbitsky. De esta forma, el organismo de derechos humanos salió al cruce del fallo dictado ayer por la Corte, que afirmó que sólo los gremios registrados con personería o simple inscripción tienen el derecho de promover huelgas y consideró ilegítimas las medidas de fuerza realizadas por grupos informales de trabajadores. La resolución fue adoptada por el máximo tribunal al rechazar una demanda promovida por Francisco Daniel Orellano, un empleado del Correo Oficial de la República Argentina que fue despedido por haber participado en medidas de fuerza sin el aval de ninguna representación sindical. En el fallo, el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda manifestaron que la Constitución Nacional y las normas internacionales sobre derechos humanos sólo le reconocen el derecho a declarar una huelga a los sindicatos, o sea las organizaciones formales de trabajadores.

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