La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya permite tramitar la devolución del dinero retenido por compras de dólares y pagos en el exterior con tarjeta correspondientes al año pasado. El trámite lo pueden realizar los contribuyentes que no están alcanzados por el pago del Impuesto a las Ganancias y se empezará a pagar entre agosto y septiembre. Para pedir la devolución de las retenciones que hizo el fisco por «dólar ahorro» y «dólar tarjeta» el trámite se realiza a través de la página de Internet del organismo y es similar a los que hubo que hacer para solicitar los reintegros correspondientes a los años anteriores al 2015. La AFIP había anunciado que el trámite iba a estar disponible desde el 1° de julio, sin embargo el sistema ya se encuentra habilitado para realizar el trámite. Para tramitar la devolución, el contribuyente debe tener clave fiscal nivel 3 y debe informar a la AFIP el CBU de la cuenta bancaria a la que desea recibir el reintegro. También se debe completar el formulario F-746A por cada mes en el que se le haya retenido dinero ya sea a la hora de comprar «dólar ahorro» o a la hora de realizar pagos en el exterior con tarjeta.
Ya se puede tramitar en AFIP la devolución del 35% de quienes compraron dólares
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