Los usuarios que realicen transacciones en sitios internacionales deberán presentar una declaración jurada para retirar los paquetes. La medida busca desalentar la fuga de dólares por esta vía. En el último año hubo un boom de operaciones en webs chinas y de otros países del mundo; cuáles son los pasos a seguir antes de ir al correo
Los argentinos que realicen compras minoristas a proveedores del exterior a través de páginas de Internet deberán a partir de ahora completar un formulario, disponible en el sitio web de la AFIP. La presentación de esa «declaración jurada» se tendrá que realizar con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería.
A mediados de noviembre el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, había anticipado que se incrementarían los controles en las operaciones por internet. Este martes, a través de una resolución en el Boletín Oficial, se formalizó este nuevo procedimiento que opera como traba para desalentar el comercio electrónico en sitios del exterior, una de las vías por las cuales se fugan dólares a diario.
«Por razones de administración tributaria, corresponde establecer un procedimiento de presentación de declaración jurada a fin de optimizar la trazabilidad de las operaciones realizadas», se afirma en los considerandos de la resolución.
El boom de este tipo de operaciones generó, a su vez, inconvenientes en el correo, que se vio saturado por los envíos internacionales. Incluso en algunos barrios los carteros ya no llevan los paquetes a domicilio: sólo dejan una nota para que el comprador pase por una oficina cercana a retirar la encomienda.
En los últimos días, algunas personas habituadas a comprar en sitios del exterior se encontraron con una novedad: los avisos del Correo Argentino para retirar las compras llegan con número de tracking distinto al habitual. Ayer a la tarde los empleados de la empresa estatal afirmaban que todavía no sabían cómo iba a operar el nuevo sistema y por tal motivo retenían los paquetes. Se espera que hoy empiecen a instrumentar la resolución emitida por la AFIP.
Paso a paso, el nuevo mecanismo para comprar en el exterior
De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial, quien desee adquirir productos utilizando el servicio de envíos postales por medio del Correo Argentino o los llamados courier, deberán acceder al portal de la AFIP, descargar el formulario Nº 4550 (compras a proveedores del exterior) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada y el número identificador asignado por el responsable del canal de ingreso (guía aérea, trackeo, etc.).
A efectos de confeccionar ese formulario, que la AFIP entiende como «declaración jurada», el comprador deberá poseer CUIT, CUIL o CDI y Clave Fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo.
Como constancia de la presentación, se debe imprimir el recibo que deja el sistema.
«La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente», aclara la resolución que lleva la firma del titular del fisco y que entra en vigencia desde hoy.
No obstante, hasta tanto se encuentre disponible el sistema que se establece en esta resolución, se deberá presentar un formulario manual Nº 4550/T, el cual puede ser descargado de la página de la AFIP.
En los últimos años, el crecimiento del comercio electrónico fue exponencial en el país. Según datos de 2012, sumó $16.700 millones y marcó un salto de 539% desde el 2007. Se cree que al menos 10 millones de personas compraron alguna vez un producto por Internet.
El cepo cambiario y las abrumadoras diferencias de precios volcaron a los consumidores a sitios extranjeros, principalmente de China, en donde se puede comprar de todo: desde cargadores para el celular hasta computadoras de última generación. En redes locales hay distintos foros en donde los usuarios comentan cómo les fue con la operación y muestran fotos de sus últimas adquisiciones: lentes, celulares, remeras, zapatillas.
La clave de estas operaciones es el «free shipping» (envío gratuito) aunque incluso pagando algunos dólares por el servicio y sumándole el recargo del 35% de la AFIP las ofertas siguen siendo tentadoras para los argentinos. Si bien existen impuestos aduaneros para comprar productos en el exterior, en la mayoría de los casos la AFIP hacía la vista gorda porque en muchos casos se tratan de productos de bajo valor. Con esta nueva resolución parece haber un cambio de política del ente recaudador, que empezará a seguir de cerca la actividad de los compradores.
Fuente > infobae.com