El Juzgado Federal declara inconstitucional el DNU sobre medicina prepaga
El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 ha declarado inconstitucionales dos artículos de un reciente decreto que eliminaba el control estatal sobre las cuotas de las prepagas, poniendo en jaque el derecho a la salud de los ciudadanos.
La decisión, a cargo del juez Marcelo Gota, responde a una acción de amparo presentada por un afectado, representado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023 habían eliminado la supervisión de la Superintendencia de Servicios de Salud, permitiendo a las empresas de medicina prepaga aumentar sus cuotas sin restricciones, salvo la diferenciación por franjas etarias.
Gota argumenta que esta desregulación deteriora el equilibrio entre el derecho a la salud y la rentabilidad empresarial, dejando a los usuarios expuestos a incrementos «siderales, abusivos y desproporcionados». La falta de un estado de “necesidad y urgencia” que justifique estas medidas fue central en la argumentación del fallo.
Retorno al control estatal
Con esta sentencia, se restablece la obligación de las empresas de medicina prepaga de obtener autorización y fiscalización para cualquier aumento de cuota. El juez enfatiza que, aunque son entidades privadas, su función tiene un carácter social primordial que exige anteponer el bienestar de los usuarios al lucro.
Debate parlamentario en el horizonte
En paralelo, el Senado se apresta a considerar una reforma a la ley 26.122, que establece los procedimientos para el control de decretos, buscando reforzar el papel del Congreso y limitar las atribuciones del Ejecutivo. Este contexto resalta aún más la importancia de fortalecer la división de poderes y garantizar los derechos económicos y sociales, especialmente en tiempos de crisis.
El juez Gota concluye que el derecho a la salud está intrínsecamente vinculado al derecho a la vida, lo que implica que no puede someterse a las lógicas de la desregulación.
