Por una cuestión formal, la Corte desestimó un recurso de los gremios de taxistas contra los choferes de Uber, por lo que quedó firme un fallo favorable a los choferes. Hoy empieza un juicio a los directivos de la aplicación.
La Corte Suprema de Justicia desestimó por una cuestión formal un recurso interpuesto por los gremios de taxistas contra los choferes de Uber y dejó firme un fallo de primera instancia de hace dos años, ratificado por la Cámara del Crimen, que sostiene que quienes conducen para esa empresa no conforman una asociación ilícita. El fiscal de Cámara Martín Lapadú explicó a este diario que “la Corte rechazó el recurso de queja pero en ningún momento se metió con la cuestión de fondo, ni se refirió a la empresa. Uber, en el marco de su relato, presenta el hecho como si la Corte hubiera avalado su legalidad. Y no es así”. Lapadú recordó que “mañana (por hoy) comienza el juicio contra los directivos de Uber y sigue vigente la causa penal tributaria por no abonar Ingresos Brutos”. “Uber en la ciudad sigue siendo ilegal por la simple razón de que no tiene habilitación para desarrollar esa actividad, que es el transporte público de pasajeros”, remarcó.
En menos de quince líneas, los supremos Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti desestimaron el recurso presentado por los abogados que patrocinan a los taxistas, Cristián Cúneo Libarona y Juan José Oribe, porque “el apelante no ha dado cumplimiento al recaudo establecido en el artículo 7° inciso c del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde desestimar la presente queja”, sostiene la resolución. Es decir, por incumplir con una formalidad del Reglamento sobre los Escritos de Interposición del Recurso Extraordinario y del Recurso de Queja.
Por lo tanto, quedó en pie el fallo del juez de instrucción en lo penal Luis Zelaya, quien el 24 de octubre de 2016 dictaminó que los 33 conductores de Uber denunciados por “competencia desleal, entorpecimiento del transporte, desobediencia, instigación a cometer delitos y asociación ilícita” desarrollan “una actividad comercial lícita”.
Tras la apelación de la querella, el caso pasó a segunda instancia, en la cual los camaristas Ricardo Pinto, Mónica López González y Mauro Divito, votaron de forma unánime por el rechazo. Finalmente, la demanda llegó al máximo tribunal.
Lapadú sostuvo que la desestimación de la Corte “no es ninguna declaración de licitud. Jamás en un rechazo de recurso de queja la Corte se mete con la cuestión de fondo. En el único lugar donde pareciera que Uber tiene habilitación es en Mendoza, en el resto del país sigue siendo ilegal. Pero para sus socios choferes quedó firme que no cometen un delito de asociación ilícita tendiente a cometer delitos”. Sin embargo, el fiscal remarcó que “una cosa son los que manejan los coches y otra los directivos, a los que se va a comenzar a juzgar. El hecho de que lo tramite la justicia Contravencional y de Faltas denota que la actividad de Uber es un ilícito, en la que hay 60 conductores condenados por violar el artículo 86 (del Código Contravencional porteño) y algunos con penas de arresto”. En definitiva, para Lapadú, el fallo “no impacta en la ciudad, aunque si puede impactar en los choferes”.
En el mismo sentido, el secretario de Asociación de Taxistas de la Capital (ATC), Alberto Rodríguez, dijo a PáginaI12 que la desestimación del Tribunal Supremo “no tiene nada que ver con la legalidad o ilegalidad de Uber, que sigue siendo ilegal en la ciudad por un fallo vigente de la justicia Contravencional”. Y advirtió que conocida la resolución muchos medios “salieron a batir el parche de que Uber es legal y el fallo no dice nada de eso. Sigue siendo ilegal porque no cumple con ninguno de los requisitos para una empresa de transporte, viola las leyes laborales, fija tarifas y evade impuestos”, argumentó.
Sin embargo, el dirigente sindical advirtió que si bien el fallo que queda firme exculpa a los conductores de cometer un delito penal, “no los absuelve de cometer contravenciones graves al circular como conductores de Uber, ya que no tienen habilitación para transportar pasajeros y las multas pueden llegar hasta los 140 mil pesos. Hasta ahora pagaban poca plata, pero ocho días atrás una resolución de la Secretaría de Justicia estableció que estas infracciones vuelvan a los Tribunales de Falta correspondientes, y la Dirección General de Infracciones debería aplicar estas multas”.
Según Rodríguez, los taxistas se encuentran “en medio de la decisión política del gobierno porteño, que podría resolver que por no cumplir con las leyes fiscales, ni las de transporte, ni las laborales Uber no puede actuar en la ciudad, pero no lo hace. Tampoco lo legaliza. No quiere tomar la decisión política de enfrentarse a un peso pesado como es la multinacional que, además, es afín a la política de un gobierno que abre las importaciones y las empresas locales se caen a pedazos. Está claro que vienen por nuestros servicios y por nosotros, porque esto se traslada al transporte aéreo con servicios como Flybondi, los delivery de comida por la que se instalaron multinacionales, y se va a trasladar a los camiones porque está en los planes de Uber. Es la liberalización del mercado de trabajo para precarizarlo, donde multinacionales con una mínima inversión, en especial para lobby, obtienen grandes ganancias”.
Este es el segundo fallo judicial que en menos de un mes descomprime la situación de Uber. Un mes atrás,el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño revocó el bloqueo de las plataformas digitales de la empresa, que había sido ordenado en febrero por la Cámara de Apelaciones.