A través de un comunicado, el organismo tributario informó que «no se modificó el procedimiento que todos los contribuyentes efectúan para pagar servicios al exterior, simplemente se desarrollaron acciones de fiscalización sobre un padrón acotado que no opera transparentemente en el mercado de cambios». En ese marco, precisó que «la nota periodística publicada por el diario El Cronista, en la cual erróneamente se indica que AFIP trabaría el acceso a divisas para pagar servicios en el exterior y que se habría reducido de USD 100 mil a USD 10 mil el monto mínimo sobre el cual es necesario presentar la declaración anticipada para acceder a divisas, carece de un análisis profesional de los sistemas de verificación y fiscalización de la AFIP». «La acción de fiscalización de la Administración Federal no es administrada en función a ‘trabas’ sino que se desarrolla mediante la utilización profesional de bases de datos y cruces sistémicos», agrega el comunicado de la dependencia que conduce Ricardo Echegaray. Añade que «de estas acciones sistémicas de fiscalización surgió un análisis especial sobre un padrón acotado de contribuyentes que no operaron transparentemente en el mercado de cambios y que pretendieron evadir las acciones de verificación de este organismo segmentando -simuladamente- una única operación en varias». «En definitiva, en ningún momento se modificó el procedimiento que todos los contribuyentes efectúan para girar divisas al exterior por el pago de servicios, simplemente se desarrollaron acciones de fiscalización sobre un padrón acotado que pretenden evadir la normativa vigente», dice el comunicado. Finalmente, afirma que «las acciones de verificación y fiscalización de la AFIP se desarrollan en el marco de las facultades legales de la Ley de Procedimiento Tributario, respetando constantemente los derechos de los contribuyentes».
AFIP: No hay trabas al acceso de divisas para pagos al exterior
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