De este modo, señaló que «cuando haya 7 mensajeros por cada trabajador administrativo –recepcionista/telefonista- la AFIP establece un mínimo de 10 trabajadores para el servicio». «Cuando -continúa el comunicado- no resulte posible establecer la cantidad de administrativos, la AFIP aplicará el IMT de 10 trabajadores por cada 24 metros cuadrados del establecimiento o inmueble donde se desarrolla la actividad». La AFIP recordó que «el IMT señala la cantidad de trabajadores requeridos por cada unidad de obra o servicio, según la actividad de que se trate, durante un período determinado». El nuevo IMT se formalizó a través de la Resolución General 3541, publicada hoy en el Boletín Oficial y entra en vigencia a partir de mañana. Además el organismo detalló que «el Indicador Mínimo de Trabajadores fue analizado con representantes del Ministerio de Trabajo, la Comisión Nacional de Comunicaciones, la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios y la Cámara de Empresas de Mensajería por Moto y Afines de la República Argentina, quienes prestaron su conformidad con los valores establecidos».
AFIP: Mínimo de trabajadores para servicios de mensajería
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