Banco Ciudad obligado a indemnizar a cliente tras robo por estafa digital
La Justicia ha fallado a favor de una clienta de Banco Ciudad, quien había sido víctima de un robo a través de maniobras fraudulentas. La entidad financiera deberá devolver un monto considerable y compensar el daño moral generado por esta situación.
En una resolución contundente, la Cámara Nacional en lo Comercial estableció la responsabilidad de Banco Ciudad en el caso de vaciamiento de cuentas de una clienta que sufrió una estafa digital tras el robo de su celular.
Las juezas María Guadalupe Vásquez y Matilde Ballerini ordenaron restituir $315.000 y u$s3.200 sustraídos de su cuenta mediante la plataforma de homebanking, además de resarcirla por daño moral.
El banco no pudo demostrar que cumplía con los protocolos antifraude y medidas de seguridad que exige el Banco Central.
Cabe destacar que fallos previos han condenado a otras entidades, como BBVA y Galicia, por fallas en la protección de sus clientes ante fraudes digitales.
Robo y consecuencias inmediatas
La víctima, quien sufrió el robo de su teléfono mientras viajaba en colectivo, notó horas después que se habían realizado transferencias no autorizadas. Si bien notificó al banco de inmediato, su reclamo fue desestimado bajo el argumento de negligencia personal.
El tribunal de primera instancia se pronunció a favor de la clienta, ratificando dicho criterio en segunda instancia. Las juezas subrayaron que la responsabilidad bancaria debe ser evaluada con mayor rigurosidad debido a los riesgos propios del homebanking.
Deficiencias en la seguridad
Banco Ciudad no presentó evidencias de monitoreo en tiempo real ni de alertas ante operaciones sospechosas, como se requiere. “No acreditó medidas de seguridad adecuadas para prevenir el acceso de terceros”, indicaron las juezas.
Las transferencias solo pudieron haberse ejecutado por deficiencias sistémicas; una autenticación adecuada habría evitado el fraude.
Rechazo a la culpa de la víctima
A pesar de los argumentos del banco, que apuntaban a la negligencia de la clienta en el manejo de sus datos, el tribunal desestimó esta teoría, enfatizando que no se probó que ella hubiera compartido sus credenciales.
El fallo también evitó la teoría de la culpa de la víctima, común en casos de estafas por phishing. Mientras otras instituciones distribuyeron la responsabilidad en fallos precedentes, en este caso, toda la carga de responsabilidad recayó sobre la entidad financiera.
Indemnización y lecciones para el futuro
Como resultado, la Cámara ratificó la devolución total de los fondos y el resarcimiento psicológico por el impacto financiero que sufrió. No obstante, se desestimó una posible indemnización punitiva, considerando que no había evidencia de dolo o negligencia extrema por parte del banco.
Esta resolución sienta un precedente valioso que fortalece la posición de los consumidores en casos de ciberfraude. Así, se resalta la responsabilidad que tienen las entidades financieras de proveer mecanismos de seguridad robustos para proteger a sus usuarios frente a amenazas digitales, como el SIM swapping y el phishing.
