A través de la Resolución General 3.794, la AFIP dispuso un plazo especial para las presentaciones y pagos de las obligaciones impositivas, autónomos, monotributistas y contribuyentes con actividad y/o domicilio fiscal en las zonas afectadas por las inundaciones de la Provincia de Buenos Aires. La Resolución señala que los vencimientos fijados para los meses de agosto a diciembre de 2015 pasarán a ser entre enero a mayo de 2016, respectivamente. Cabe destacar que los pagos se considerarán efectuados en término siempre que se efectivicen en las fechas respectivas. Por su parte, los contribuyentes que optaron por pago mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjetas de crédito, podrán solicitar la suspensión del débito ante las respectivas instituciones de pago. Asimismo, la AFIP también suspendió por 120 días, para esos contribuyentes, la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos.
Beneficios impositivos a afectados por las inundaciones
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