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lunes, noviembre 25, 2024
Cambio en el Código Alimentario favorece a productores de cerveza artesanal

Cambio en el Código Alimentario favorece a productores de cerveza artesanal

El Gobierno modificó el Código Alimentario Argentino para que las cervezas que no contengan aditivos alimentarios y que posean sólo ingredientes naturales y cuya elaboración sea manual o semiautomática puedan comercializarse con la leyenda “elaboración artesanal”, para favorecer la competitividad.

De hecho, el sector cervecero presenta un potencial enorme, con un crecimiento anual de alrededor del 40 por ciento y más de 550 microcervecerías, las cuales representan alrededor del 1,6 por ciento del mercado total y más de 10.000 empleos en forma directa e indirecta.

La actualización normativa, con la incorporación del artículo 1082 bis al Código Alimentario, se da en el marco del trabajo conjunto entre el Ministerio de Agroindustria y la industria cervecera.

“Con estas incorporaciones estamos logrando un marco regulatorio actualizado y eficiente, que contribuye a mejorar la calidad de vida de los consumidores y hace más competitiva a nuestra industria”, explicó el secretario de Agregado de Valor del Ministerio de Agroindustria, Néstor Roulet.

En el último tiempo, se avanzó en el fortalecimiento de cervecerías PyMEs de la cuenca bonaerense del Área Metropolitana AMBA, Zona Sur, de la provincia de Buenos Aires; se brindó asistencia integral en el manejo de levaduras y la implementación de levadura líquida para una mayor diferenciación, calidad y productividad de cervecerías artesanales de Bariloche, y se implementaron Buenas Prácticas de Manufactura y Desarrollo de Identidad empresarial para cerveceros en la provincia de Tucumán.

Con la incorporación al Código Alimentario Argentino del artículo 1082 bis, se prevé que las cervezas que no utilicen en su producción aditivos alimentarios, que se encuentren adicionadas únicamente con ingredientes naturales, cuya elaboración sea manual o semiautomática, y en caso de que se les agreguen jugos o extractos de frutas -éstos previamente pasteurizados-, podrán comercializarse con la leyenda «elaboración artesanal».

Además, se sumó el cloruro de potasio como ingrediente a la normativa nacional, para utilizarlo en reemplazo parcial o total del cloruro de sodio, lo que amplía las posibilidades, para profundizar la reducción del consumo de sal de la población.

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