El juez federal Ariel Lijo dictó ayer el procesamiento sin prisión preventiva del motorman Julio César Benítez, quien conducía la formación Chapa 5 que chocó en la estación Once del ferrocarril Sarmiento el sábado 19. Lo acusó de “descarrilamiento culposo agravado por 105 lesiones, en concurso real con el delito de sustracción de medios de prueba”. Además, le impuso un embargo por $ 2,5 millones. Como se trata de delitos excarcelables, el maquinista quedó en libertad. La querella anticipó que apelará, porque quieren cambiar la acusación por estrago doloso. En la resolución, firmada por el titular del Juzgado nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4, se da por demostrado que el choque fue una consecuencia de la conducta del motorman. El magistrado entendió que Benítez conducía de manera consciente y temeraria cuando ingresó al andén 2 de Once a una velocidad de 22 kilómetros por hora sin realizar maniobras de frenado. Además se descartó que el tren tuviera problemas para frenar o desperfectos técnicos. En el fallo se aclara que, según el manual de seguridad para la conducción de formaciones ferroviarias, el maquinista debió haber bajado la velocidad a un máximo de 12 kilómetros por hora 250 metros antes del final del andén. Además, en la causa se acreditó que, según el GPS que registra las velocidades del tren, el motorman condujo con exceso de velocidad en 11 oportunidades durante ese viaje, incluyendo el momento en que entró en la estación. Por otra parte, a Benítez se lo imputó por haber sustraído el disco rígido de la cabina, que fue encontrado por la Policía en la mochila del motorman. Los análisis de ADN determinaron que la sangre encontrada en el disco, en el cabezal de la grabadora del sistema de monitoreo y en el sector interno del receptáculo de esa grabadora, corresponden genéticamente a Benítez. La única salvedad que hace Lijo en cuanto a la responsabilidad del maquinista es que resulta inadmisible “que se posibilite que una formación de tren con cientos de pasajeros quede librada únicamente al arbitrio de una sola persona, sin que se active algún tipo de control (frenado) ajeno a la voluntad del conductor. Es decir, es inaceptable que todo el sistema repose en la fragilidad de la diligencia debida del que conduce y que sea el único que cargue con la responsabilidad de los accidentes”. La querella cuestionó la calificación del delito. “Debió ser la de estrago doloso, porque el grado de temeridad que tuvo el motorman al momento de producirse el hecho supera la culpa ampliamente –afirmó el abogado Gregorio Dalbón–. El debe haberse representado la posibilidad de matar o herir al entrar con exceso de velocidad a la estación. Vamos a apelar ante la Cámara Federal para que cambie la calificación. No se tuvo en cuenta la peligrosidad de este hombre, que encima después del choque sustrajo la prueba. No merece la libertad. Lo lamentable es que mañana mismo este hombre podría conducir un tren, porque la resolución no lo inhabilita”. El fallo también da detalles del informe del Cuerpo Médico Forense, que asegura que del psicodiagnóstico que se le practicó a Benítez se desprende que “presenta un trastorno de personalidad con emergencia de rasgos psicopáticos, marcado aumento en los montos de ansiedad, así como impulsividad”. También refiere que el motorman tiene una “tendencia al enmascaramiento, el ocultamiento y la simulación ”. El informe también aclara que “nada surge que implique que al momento del hecho padeciera algún tipo de desorden psíquico o de otra naturaleza que le impidiera comprender las circunstancias en las que estaba involucrado o le impidiera dirigir sus acciones”. En la resolución se detalla que, en la segunda indagatoria, el motorman sostuvo: “Desde mi última declaración, continué con mi problema, o sea que estuve tratando de recordar el episodio y no lo logré. No logré recordar nada. Igual el lugar en donde estoy no ayuda mucho. Ahí no se puede dormir, aparte me está creciendo un dolor de cabeza
Choque de Once: acusaron al maquinista, pero quedó libre
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