El vicepresidente de la Asociación Rosarina de Viajes se refirió en Rico al Cuadrado a la Declaración Jurada Anticipada de Servicios para paquetes al exterior que superen los 10 mil dólares
Lisandro Cristiá, dijo que las nuevas disposiciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos «no exige ningún tipo de modificaciones para los pasajeros» ya que «los cambios son procedimentales y solamente involucran a las agencias», informó.
A través de la resolución 3395, ya vigente, el fisco nacional incorporó a las líneas aéreas y marítimas, agencias de viajes y operadores turísticos al régimen de Declaración Jurada Anticipada de Servicios, que deriva en un mecanismo para la fiscalización a las agencias y operadores turísticos respecto a los pagos por contrataciones de servicios con los proveedores del exterior.
«El pasajero no tendrá que hacer nada nuevo ya que la AFIP no requiere ningún dato de este tipo, ni a las agencias ni a la persona que viaja. El único cambio entonces es que las agencias de viajes y operadores turísticos tendrán que preparar una Declaración Jurada Anticipada de Servicios, en la cual detallarán las prestaciones contratadas en el exterior», amplió Cristiá.
«Este procedimiento regirá solamente para aquellas transferencias que superen los diez mil dólares. Pero insistimos en que es un paso más que deberemos realizar las agencias de viajes y no los usuarios, a quienes no se les solicitará ningún tipo de acción nueva a las que se realizan habitualmente», agregó.
«Entendemos que la AFIP vaya adaptando su sistema de control y fiscalización. Y desde las agencias de viajes pretendemos que todo se realice de la forma más transparente y clara posible, no solamente por nuestra seguridad sino también para tranquilidad de los viajeros», expresó Cristiá quien aprovechó para sugerir a los pasajeros que siempre contraten servicios en agencias de turismo oficialmente autorizadas, lo cual es fácil de consultar en el sitio oficial del Ministerio de Turismo (www.turismo.gob.ar), -Sección Agencias de Viajes/Consultas- ya que éstas no tendrán ningún contratiempo a la hora de concretar los pagos internacionales que garantizarán la prestación del servicio cuando el pasajero llegue a destino.
Fuente > http://www.derf.com.ar