Esta mañana ingresó a la mesa de entradas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal el escrito en el que la Jefatura de Gabinete solicita un Recurso Extraordinario para revocar la medida cautelar a favor del Grupo Clarín, adelantaron fuentes judiciales a Infobae. Ahora el tribunal le dará traslado antes de definir su admisibilidad
El Gobierno presentó un Recurso Extraordinario por cuestión federal para que la Corte Suprema revoque la prórroga de la medida cautelar a favor del Grupo Clarín, en el marco de las actuaciones judiciales por la aplicación de la Ley de Medios.
El escrito, firmado por la Jefatura de Gabinete, surge luego de que la Corte se negara a abrir la instancia a través de un per saltum. Según argumentaron los ministros del máximo tribunal, ese procedimiento no es la vía idónea para plantear objeciones contra una decisión de Cámara.
Los abogados constitucionalistas coincidieron en las últimas horas en que, por sus características técnicas, la vía de apelación utilizada ahora por el Gobierno tiene más posibilidades de llegar a una resolución de la Corte sobre la legalidad o no de la medida cautelar. Sin embargo, el pronunciamiento no será inmediato.
El Recurso Extraordinario se alza contra la decisión de la Sala I de la Cámara de extender la medida cautelar a favor de Clarín hasta tanto se dicte una sentencia de fondo que determine si los artículos de desinversión de la Ley de Medios son constitucionales.
Ahora la Cámara le dará traslado por 10 días, esto es, le dará voz Clarín para que realice su descargo. Una vez recibida la respuesta de la contraparte, el tribunal de segunda instancia quedará en condiciones de referirse a la admisibilidad del planteo. En caso de un rechazo, el Gobierno podría ir en Queja directamente a la Corte Suprema.
En una setencia de mayo, la Corte Suprema había puesto como fecha límite a la medida cautelar el 7 de diciembre, no obstante había dejado abierta la posibilidad de una prórroga siempre y cuando surjan causas que así lo ameriten. Ahora tiene la posibilidad de precisar los alcances de aquella resolución emitida a principios de año.
Fuente > infobae.com