Desde el viernes 15/03, el Banco Central de la República, extendió su cepo cambiario al «dólar casino». A dieciséis meses de establecerse las restricciones a la moneda extranjera, y sin el éxito esperado.Ahora, las entidades financieras y emisoras de tarjetas de crédito y débito tendrán que contar, a partir de esta medida, con una conformidad previa del Banco Central para autorizar el consumo de juegos de azar y apuestas de distinto tipo en el exterior del país.
(Urgente24)-Entidades financieras e instituciones que emiten tarjetas de crédito y débito eb Argentina desde el 15/03 van a tener que contar con la autorización del Banco Central para el permiso del consumo de juegos de azar y apuestas afuera del país.
Así lo dispuso el Banco Central, a través de la resolución número 5405, en el marco de la lucha contra el lavado de dinero y la salida de divisas.
El cepo cambiario iniciativa del Gobierno nacional sigue sin tener éxitos a 16 meses de haber instalado la iniciativa.
Desde este viernes 15/03, ya no podrán adquirirse fichas ni pagarse apuestas en casas del exterior con tarjetas locales.
Esta medida pretende acabar con aquello que realizaban apuestas en dólares y salteaban el “cepo” impuesto por el gobierno. Lo que se denominaba el dólar casino» y permitía arbitrar monedas comprando fichas en casas de juego del exterior con débito en pesos o cargos en la tarjeta de crédito, para luego cambiarlas por divisas o dinero de ese país en efectivo.
Antes de la medida, una persona podía, con una tarjeta nacional, que paga los resúmenes en pesos, comprar fichas o hacía una apuesta pero sólo utilizaba una parte de ese dinero y el resto lo cambiaba en moneda física, dólares o euros.
Si la operación se hacía en un casino, pedía el dinero o en el caso del juego virtual solicitaba que los fondos sean depositados en una cuenta en el extranjero.
El dólar casino es una práctica que se hizo muy común en los casinos uruguayos, dada la proximidad geográfica.
Esta resolución alcanza a las operaciones con tarjetas de crédito y débito emitidas en el país, cuando el destino de los consumos sea, en forma directa o indirecta a través del uso de redes de pagos internacionales, la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo.