Descripción del Sistema Electoral en Venezuela
Los Sistemas Electorales en Venezuela han sufrido importantes transformaciones, especialmente desde 1989, año en que se efectúan las primeras elecciones de Gobernadores de Estado (designados hasta esa fecha por el Presidente de la República) y Alcaldes Municipales (Las funciones ejecutivas eran asumidas por el Presidente del Concejo Municipal), y se cambia el Sistema de Elección de Concejales (de Representación Proporcional a través de Listas Cerradas y bloqueadas a uno Proporcional denominado Sistema Preferencial de Listas Abiertas).
Tenemos que a partir de ese momento y hasta el año 2000 se produjeron múltiples modificaciones e innovaciones, entre las cuales destacan:
Cambio del Sistema de Elección para Diputados al Congreso y a las Asambleas Legislativas (Representación Proporcional Personalizada), y Concejales (Sistema de Representación Proporcional Personalizada con variaciones entre sí y con respecto a los utilizados para Diputados al Congreso y Asambleas Legislativas en 1992, 1993, 1995 y 1998 (Elecciones 1992 y 1995)
Conformación de las Circunscripciones Electorales para Cuerpos Deliberantes (Elecciones 1992, 1993, 1995 y 1998)
Sistemas de Votación (Listas Cerradas y Bloqueadas, Sistema de Doble Voto (diferentes modalidades), Voto Múltiple, Voto Múltiple Limitado)
Instrumentos de Votación (de tipo único fraccionable, único, libros de votación (Elecciones de Concejales 1989), para el proceso de escrutinio automatizado), entre otros.
En la presente sección usted podrá hallar las principales características de los componentes fundamentales de los sistemas electorales aplicados en Venezuela en las elecciones de Julio y Diciembre 2000 (a realizarse en Mayo 2000, y que por decisión del Tribunal Supremo de Justicia, fueron postergadas y separadas), las cuales tuvieron como principal marco normativo la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), el Estatuto Electoral del Poder Público (2000), emanado por el Asamblea Nacional Constituyente, la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (1997, con modificación parcial en 1998) (de manera supletoria) y las normas reglamentarias emanadas por el Consejo Nacional Electoral.
Los cargos definidos son: Presidente de la República, Representantes a los Parlamento Andino y Latinoamericano, Diputados a la Asamblea Nacional, Gobernadores de Estado, Diputados a los Consejos Legislativos Estadales, Alcaldes Municipales, Concejos Municipales, Miembros de Juntas Parroquiales, Alcalde Metropolitano (y Alcaldes de los Municipios que integran el Distrito Metropolitano) y Concejo Metropolitano.
Como variables consideradas tenemos: Naturaleza del cargo, ámbito, número de integrantes (en caso de cuerpos deliberantes), período de mandato, posibilidad de reelección, condiciones de elegibilidad, sistema de votación, sistema de adjudicación, candidaturas (principales y suplentes), entes postulantes y simultaneidad electoral.