En un debate que duró poco más de 2 horas, el oficialismo logró dictamen en el Senado al proyecto que regula las medidas cautelares contra el Estado y quedó así listo para ser votado en el recinto la semana que viene.
El plenario de las comisiones de Justicia y de Legislación General en la que se emitió dictamen del proyecto que establece un plazo de 60 días para la vigencia de las medidas cautelares contra el Estado y no contó con la participación de los senadores de la oposición, con excepción del senador Samuel Cabanchik (Coalición Cívica) y de la senadora del peronismo federal por Salta, Sonia Escudero.
El proyecto que regula por primera vez en Argentina la utilización de medidas cautelares contra el Estado, que recibió dictamen hoy en un plenario de comisiones del Senado, fue aprobada con tres modificaciones, dos de ellas planteadas por el propio oficialismo y la tercera sugerida por la senadora del peronismo federal Sonia Escudero.
El jefe del bloque de senadores del oficialismo, Miguel Pichetto, explicó que el primero de esos cambios habilita al juez a dictar la medida cautelar de manera inmediata y dar luego parte al Estado en casos por riesgo ambiental.
Esa opción ya existía en el texto original para casos de riesgo de vida, de salud y alimentación.
«En el caso de daños ambientales el juez puede tomar medida unilateral sin escuchar al Estado porque es irreparable si se produce un daño», se explayó el senador por Río Negro.
La segunda de las modificaciones propuestas tiene que ver cuando se trate de un conflicto de competencias entre los fueros civil y comercial y contencioso administrativo.
«Cuando hay litigio entre un juez civil y otro contencioso administrativo la cuestión deben ser resuelta por la Cámara en lo Contencioso Administrativo porque se trata de la relación entre empresas y el Estado y esto es materia de ese fuero», explicó Pichetto.
El tercer cambio incluido está relacionado con la apertura de un plazo de diez días para las acciones judiciales cuando se produce la caducidad de una medida cautelar, sostuvo Pichetto.
«El proyecto planteaba que la medida cautelar que se toma mientras se está agotando la vía administrativa, cae automáticamente cuando se agota esa vía, lo cual le deja al administrado sin posibilidad de tener una continuidad en esa medida cautelar», precisó por su parte la senadora Escudero.
«Ahora -aclaró la senadora- se van a dar 10 días a partir del conocimiento del agotamiento de la vía administrativa para que se interponga la demanda de fondo y así se pueda mantener la medida cautelar».
En el texto original se plantea que las cautelares no podrán tener una vigencia superior a seis meses en el proceso ordinario, ni de tres meses en el proceso sumarísimo o de amparo, y se podrán extender por seis meses, siempre que ello resultare procesalmente indispensable.
El proyecto establece que un juez solo podrá dictar una medida cautelar cuando es competente en la causa, y solo podrá tener validez si dicta esa medida -aunque no le corresponda- si se encuentra comprometida la vida, la salud, el medio ambiente o el derecho alimentario.
En ese último caso deberá girar en forma inmediata las actuaciones a un juez competente, quien en cinco días deberá expedirse si corresponde la medida cautelar concedida.
Además, en el pedido de cautelar debe estar debidamente argumentado el perjuicio que se procura evitar, la actuación estatal que lo produce, y el derecho o interés que se pretende garantizar.
Otro aspecto esencial del proyecto es que el juez deberá pedir a la autoridad demandada, previo a dictar una cautelar, un informe para que el Estado informe cual es el interés público que está afectado.
Este último requisito sólo se podrá variar cuando «circunstancias graves e impostergables» lo justifiquen y allí el juez puede dictar una medida interina, que se extenderá hasta que se presente el informe estatal, y se podrá pedir además una vista previa al ministerio Público.
Solo podrá dictarse una cautelar sin recibir el informe previo cuando se deba proteger la vida o la salud de una persona.
Por otro lado, el proyecto dispone que los jueces no podrán dictar ninguna medida cautelar que afecte, obstaculice, comprometa o distraiga de su destino los bienes o recursos propios del Estado, ni imponer a los funcionarios cargas personal pecuniarias.
También establece que las medidas cautelares contra el Estado se aplicarán una vez que el solicitante otorgue caución real o personal por las costas y daños y perjuicios que la medida pueda ocasionar.
Por otra parte, el proyecto autoriza al Estado a solicitar cautelares cuando existe riesgo cierto de sufrir perjuicios sobre el interés público, el patrimonio estatal u otros derechos de su titularidad.
En caso de interrupción de servicios públicos, el Estado podrá presentar todo tipo de cautelares para garantizar la prestación de tales servicios.
Durante la reunión, el ministro de Justicia, Julio Alak, dijo que «esta ley garantiza el derecho de defensa del Estado» y aseguró que busca «terminar con el negocio y la inmoralidad que generan las cautelares eternas».
Acompañado por el secretario de Justicia, Julián Álvarez, el ministro sostuvo que la medida apunta a lograr un «equilibrio entre el Estado y el ciudadano» y «defender al Estado de las grandes corporaciones».
Asimismo, Alak defendió el plazo de 6 meses que impone el proyecto para la caducidad de las medidas cautelares -que aclaró que puede ser prorrogado aunque no ahondó en el tema- y sostuvo que se busca que tengan «una duración razonable». «La legalidad debe ser producto de la sentencia, no de la cautelar», remarcó.
Tras explicar que este proyecto no se aplica a los «derechos personalísimos», Alak afirmó que la intención es «limitar la excesiva discrecionalidad en la que a veces incurre la Justicia».
Por su parte, Álvarez consideró que las cautelares «no pueden durar eternamente» ya que son «medidas accesorias al expediente principal».