Fue luego de la discusión que mantuvieron en el Senado Horacio Verbitsky y el secretario de Justicia, Julián Álvarez, en torno a las modificaciones que debían hacerse al proyecto.
Los cambios contemplarán las posturas de ambos pero estarán más cerca de la propuesta hecha por el Centro de Estudios Legales y Sociales.
El proyecto de ley que regula las medidas cautelares será modificado durante su tratamiento en el Senado, luego de las críticas que había hecho el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) que encabeza Horacio Verbitsky.
Luego de la tensa discusión que mantuvieron en el Senado Verbitsky y el secretario de Justicia, Julián Álvarez, en torno a las modificaciones que debían hacerse al proyecto, finalmente los cambios contemplarán las posturas de ambos pero estarán más cerca de la propuesta hecha por el CELS.
Una de las modificaciones se hará sobre el artículo dos del proyecto, que establecía que las cautelares contra el Estado dictadas por un juez incompetente -es decir, de un fuero ajeno a la causa en curso- «sólo tendrá eficacia cuando se encuentre comprometida la vida o la salud de una persona o un derecho de naturaleza alimentaria».
Esto será modificado de modo tal que la cautelar dictada por el juez incompetente tendrá eficacia «cuando se trate de sectores socialmente vulnerables, acreditados en proceso, y se encuentre comprometida la vida digna, conforme la Convención Americana de los Derechos Humanos, la salud, un derecho de naturaleza alimentaria o cuando se trate de un derecho de naturaleza ambiental».
Así, se introdujo el concepto de «vida digna» que había propuesto Álvarez, pero el resto de las modificaciones están en línea con la sugerencia hecha por Verbitsky.
Además, se agregará un párrafo al artículo 17, donde establece que «cuando se produzcan actos que entorpezcan la continuidad o regularidad de los servicios públicos», el Estado nacional podrá presentar «todo tipo de medidas cautelares tendientes a garantizar la prestación de esos servicios».
Este artículo fue cuestionado por entender que iba en contra del derecho a huelga, por lo que se agregará un párrafo para aclarar que esa facultad del Estado «no será de aplicación cuando se trate de conflictos laborales».