La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó una aclaración sobre los alcances de la norma que presume la relación laboral, al señalar que además de los 500.000 pesos de ingresos brutos anuales es necesario que tributen el impuesto a los bienes personales. La «fe de erratas» establece que están comprendidas aquellas «personas físicas cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-) y les corresponda tributar el impuesto sobre los bienes personales o cuando la totalidad de sus bienes —gravados y no gravados por el mencionado tributo— valuados conforme las normas del citado impuesto, superen el monto determinado por el inciso i) del Artículo 21, Título VI, de la Ley Nº 23.966 y sus modificaciones». La precisión no cambia la sustancia del alcance de la presunción fiscal que regirá a partir de mañana.
La AFIP dió especificaciones sobre la norma de personal doméstico
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