La AFIP señaló que los montos de moneda extranjera que son otorgados a las personas que viajan al exterior «se relacionan con su capacidad contributiva».
El organismo explicó que «efectúa la validación fiscal de los fondos a utilizar en la compra de moneda extranjera por el concepto de «Turismo y Viajes», considerando la normativa dictada por el Banco Central».
En un comunicado, informó que contra la AFIP se han interpuesto, 123 acciones judiciales de amparo desde octubre de 2011 hasta la fecha; 178 amparos contra el Banco Central y 14 de ellos contra el Ministerio de Economía».
«La Justicia, a la fecha, no se ha expedido en forma contraria al fisco nacional con ningún fallo firme», destacó el ente recaudador. Y añadió que durante 2013 «se observa una tendencia negativa en el inicio de amparos judiciales: hubo menos de 10 presentaciones».
La AFIP puntualizó que la validación de los montos para viajes al exterior «se efectúa en función de la capacidad contributiva exteriorizada por el solicitante ante esta Administración Fiscal».
Asimismo, resaltó que cuenta «con valiosa información obtenida de diversas fuentes: bancos, tarjetas de créditos, colegios privados, expensas, nómina salaria; además de las autodeclaraciones efectuadas por los propios contribuyentes».
«Esta información, de actualización permanente, conforma una base de datos dinámica que permite a este Organismo evaluar en tiempo real la capacidad contributiva de cada contribuyente y validar, en función de los datos aportados por el solicitante en su declaración jurada de viajes al exterior, los fondos a utilizar para la adquisición de moneda extranjera», enfatizó.
El organismo indicó también que los volúmenes operados en el mercado de cambios por conceptos relacionados con viajes al exterior «resultan dentro de los parámetros habituales para la época del año», y las autorizaciones efectuadas por AFIP «presentan un comportamiento estable desde su implementación en función de la normativa emitida por el Banco Central».
Por último, aclaró que los giros efectuados al exterior en concepto de «ayuda familiar» no se encuentran sujetos a validación por parte de AFIP.