El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), por Resolución 278/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, dispuso la creación del Programa Nacional de Sanidad Apícola, con el fin de controlar y disminuir la frecuencia de aparición de las patologías apícolas, armonizando esfuerzos técnicos, financieros y humanos de los diferentes actores del sector apícola. Consigna que la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), a través del Código Sanitario para Animales Terrestres sugiere los mecanismos a implementar para el control sanitario de los colmenares. Agrega que la adhesión de la Argentina a los principios básicos de equivalencia, armonización, evaluación de riesgo y regionalización establecidos en el acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), hace necesaria la revisión de las acciones sanitarias referidas a la totalidad de las enfermedades animales y el perfeccionamiento de la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades animales. Pone de relieve que la Argentina ocupa los primeros lugares dentro de los países exportadores de miel, por lo que es imprescindible establecer un sistema eficiente para el control de la diseminación de las enfermedades de las abejas en todo el Territorio Nacional. Dice luego que la presencia endémica de Varroosis limita las posibilidades del sector apícola y la comercialización internacional, influyendo negativamente en la rentabilidad de las explotaciones y en la calidad de los productos y subproductos de las colmenas, y los apiarios afectados con estas enfermedades ven disminuida la capacidad de producción de miel y sufren pérdida de las colonias. Por ello, agrega, se proponen cambios en el concepto de lucha respecto de la zonificación por estatus sanitario, la fiscalización de los movimientos de colmenas, el saneamiento de establecimientos, la implementación de planes sanitarios y la evaluación de resultados, asignando diferentes responsabilidades al Senasa, a las Provincias, a las Fundaciones y al sector productor y/o a las instituciones que los representen. Es indispensable –destaca- contar con procedimientos y metodologías planificadas y ordenadas de forma tal de asegurar y facilitar los controles y la fiscalización de los eventos sanitarios que implican la posible dispersión de las patologías apícolas. Se propone –agrega- una activa participación de todos los actores del sector apícola, acordando un proyecto que sume y coordine los aportes de cada uno, estableciendo roles y responsabilidades. También destaca que el Programa Nacional de Sanidad Apícola propone la contribución de todos los sectores directamente involucrados: Estados Provinciales, Municipales, Entes Sanitarios y todo sector interesado, en un proyecto consensuado que sume y coordine los aportes de cada uno, identificando roles y responsabilidades, desarrollando una acción conjunta ante la presencia de focos de las principales enfermedades, la congruencia de la legislación, y toda otra actividad que así lo requiera. Asimismo señala que en el marco del Programa de Reordenamiento Normativo (Resolución Nº 466 del 9 de junio de 2008 del Senasa), resulta necesario facilitar el acceso a la información por parte de los usuarios, formulando un nuevo texto consolidado y comprensivo de toda la reglamentación que rige en la materia. A tal fin –agrega- resulta necesario agrupar las condiciones sanitarias requeridas para la producción apícola, incorporar nuevas medidas que se encuentren en concordancia con las últimas investigaciones efectuadas en el ámbito nacional e internacional, tendiendo así a compilar en la presente norma todas las acciones sanitarias vigentes armonizadas con los acuerdos y consideraciones que se presentan en el ámbito mundial.
Programa Nacional de Sanidad Apícola
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