Por Disposición Nº 5114/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Anmat prohibió el uso y la comercialización de varios lotes del producto médico denominado “Puntas de Papel Absorbente Marca Meta Biomed”, importado, fraccionado y acondicionado por la firma Megadental S.A La norma ordenó a la firma Megadental el retiro del mercado del producto indicando debiendo acompañar la documentación que respalde tal procedimiento ante la Dirección de Tecnología Médica y instruyó la realización de un sumario sanitario por incumplimientos a diversas normativas del organismo. En los considerandos expresa que medianate una inspección la Anmat constató que la firma Megadental realizaba tareas de fraccionamiento de conos de papel a granel en un área no estéril, enviándolos luego a esterilizar a una empresa tercerista. Añade que la firma mencionada no se encontraba autorizada para realizar la actividad mencionada. En ese marco, la Dirección de Tecnología Médica del organismo sugirió prohibir la fabricación, comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto médico mencionado. La Disposición lleva la firma del subinterventor de la Anmat, Otto A. Orsingher.
Prohíben el uso y la comercialización de un producto médico
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