La Secretaría de Industria, por Resolución Nº 34/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, estableció que los organismos certificadores para la comercialización de bicicletas nuevas deberán remitir en el plazo de 48 horas una copia del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad que emitan, a la Dirección Nacional de Industria. Explica que ello obedece a la necesidad de reorganizar la información incluida en el Registro de Organismos Certificadores y Laboratorios, con la finalidad de contar con nuevos datos que permitan mejorar y dotar de mayor celeridad al procedimiento de evaluación de las solicitudes originadas en el marco del Régimen de certificación obligatoria de requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de bicicletas nuevas en el Territorio Nacional. Con ello, además –agrega- se podrá elaborar estadísticas que redunden en un mejor aprovechamiento de la información volcada en dicho Registro. La resolución lleva la firma de Javier Rando, Secretario de Industria del Ministerio de Industria.
Nuevo requisito para la comercialización de bicicletas nuevas en Argentina
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