El juez federal Sebastián Casanello desestimó la denuncia contra la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, por supuestos nombramientos irregulares de fiscales «ad hoc» y subrogantes al considerar que la misma no es una práctica «novedosa», sino que era un sistema antes a ser nombrada ella funcionaria.
Así lo consideró el juez luego de desestimar el pedido de abrir una investigación por parte del fiscal Guillermo Marijuán, quien junto con el magistrado tiene a cargo la investigación por supuesto lavado de dinero contra el empresario Lázaro Báez.
En su resolución, Casanello agregó que la decisión fue avalada en base a «los principios que gobiernan el organismo» y que «emanan del artículo 120 de la Constitución Nacional».
El juez desestimó así la denuncia presentada por el senador radical Mario Cimadevilla e impulsada por el fiscal Marijuán. Casanello consideró que no hay delito en los nombramientos, en particular a raíz de la creación de dos unidades fiscales, la Procelac y la Procunar, y aludió a la obligación de lograr la «eficiencia a la hora de concretar la finalidad del organismo», según la resolución a la que accedió la agencia oficial Télam.
Para el magistrado, las resoluciones que crearon las unidades fiscales especiales «exteriorizan su preocupación» por alcanzar una organización «más eficiente».
Y además entendió que esto ya fue hecho en otras gestiones previas a la de Gils Carbó, como la de su antecesor Esteban Righi, quien nombró fiscales subrogantes en juicios por delitos de lesa humanidad, en decisiones que fueron avaladas en distintas instancias judiciales.
Estas decisiones se tomaron «para paliar el déficit de fiscales, un problema que desde antaño aqueja al organismo».
, agregó.
«Los artículos 11 y 33 de la ley 24946 cristalizan la estructural jerárquica y la facultad de sustituir magistrados para el caso de recusación, excusación, impedimento, ausencia, licencia o vacancia. Lo singular de esos artículos es que ya habían sido invocados una y otra vez, antes de la gestión de la Dra. Gils Carbó»
Casanello entendió que el Ministerio Público Fiscal «tiene una jefa máxima de todos los fiscales -la Procuradora General- la que coordina su accionar y fija las líneas de la política criminal y de persecución penal. Por ende, su organización es de tipo piramidal y actúa bajo los principios de jerarquía, unidad de actuación y coherencia institucional. Esto traza una diferencia diametral con el Poder Judicial, donde rige el principio de horizontalidad».
«El tipo de designaciones cuestionadas posee respaldo normativo», reiteró el juez, al recordar que «el Ministerio Público está obligado a promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad; esa obligación, de raigambre constitucional, quedaría convertida en letra muerta si se impidiera a la conducción del organismo adoptar medidas tendientes a garantizar su eficacia», analizó.
Y concluyó que «si se cuestiona la creación por parte de la Procuradora General de estructuras de apoyo y la designación de fiscales ad hoc y/o subrogantes es porque se postula como deseable -o preferible- mantener las viejas, hasta tanto el Congreso no intervenga y hasta tanto se cuente con una planta nueva de magistrados concursados».
«Esto último es igual a decir que mientras ello no ocurra debe conservarse el tipo de organización esencialmente refleja, en la que a todo juzgado le corresponde un fiscal, con los inconvenientes propios de una simetría estructural que no se adapta a las funciones distintas que poseen ambos órganos», concluyó.
Cimadevilla había denunciado a Gils Carbó por supuesto abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público por el nombramiento de fiscales interinos y ad hoc sin cumplir con requisitos legales y alterar mediante resolución de la Procuración la estructura del Ministerio Público.
Marijuán dictaminó a favor de impulsar la investigación y requirió medidas como el envío de resoluciones, expedientes administrativos, entre otros puntos.