La Administración Fiscal de Ingresos Públicos (AFIP) explicó cómo funcionará el recargo del 15% a las compras realizadas en el exterior mediante tarjeta de crédito y dio tranquilidad a quienes temían un encarecimiento ficticio.
El 15% que se cobra a cuenta del Impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales se podrá devolver mediante un sencillo trámite que deberá realizarse a fin de cada mes.
Los trabajadores en relación de dependencia cobrarán la devolución del porcentaje cada mes con tan solo presentar el resumen de su tarjeta a su empleador, para que este haga la deducción del impuesto. Si las compras exceden al impuesto el dinero será devuelto.
Quienes pagan Bienes Personales tendrán el mismo trato, pero el trámite deberá realizarse a fin de año calendario, ya que dicho impuesto se abona a fin de año.
Para los monotributistas, se deberá pedir un certificado ante la AFIP, que revisará que el contribuyente tenga sus pagos en regla y realizará la deducción o devolución del dinero.
Finalmente, para los trabajadores independientes, el trámite será realizado como anticipo de Ganancias, que se paga en cinco veces en el año.