¿Cómo y donde denunciar el maltrato animal?
¿Qué hacer ante un caso de maltrato animal o crueldad?
Muchas veces nos topamos con casos de maltrato o crueldad hacia un animal y no sabemos cómo actuar. O cuando lo hacemos quienes tienen la obligación de actuar no lo hacen. ¿Qué hacer frente a esos casos? ¿Dónde realizar la denuncia?
La Ley 14.346 (1954) de «Protección de los animales» establece penas para las personas que maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a ciertas especies de animales y los reprime con prisión de quince días a un año. Al tratarse de una norma penal toda persona mayor de 18 años puede realizar la denuncia y los oficiales de la ley deben actuar de oficio ante un caso, tienen la obligación de hacerlo. Denunciar un acto en el que se maltrata o violenta a otro ser no es sólo una obligación sino un derecho cívico, por eso el compromiso es fundamental.
¿Quién? Las denuncias son personales y debe efectuarla quien haya sido testigo del delito. Si tiene información sobre el hecho también está habilitado para denunciar. Para hacerlo debe tener más de 18 años y al momento de efectuar la denuncia se debe presentar el DNI. En caso de ser extranjero se puede hacer con Pasaporte o alguna cedula que demuestre su identidad.
La denuncia puede realizarse por escrito o en forma oral, en este caso el representante de la justicia deberá entregar al denunciante una copia de la denuncia que realizó y que debe firmar. Debe ser penal y no una exposición civil.
¿Dónde? En CABA puede realizarse ante la Unidad Fiscal (UFI) o por Internet en la página Ministerio Público Fiscal, por (mail denuncias@fiscalias.gob.ar), telefónicamente las 24 horas (0-800-347225), y en la comisaría próxima al lugar donde ocurrió el hecho. Además, desde marzo de este año funciona la UFEMA (Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental). Si el maltrato ocurrió en la provincia de Buenos Aires o interior del país se deberá denunciar en la comisaría correspondiente al lugar en dónde ocurrió el hecho o en la UFI. Es importante pedir el numero de expediente para seguir la causa.
¿Quién debe tomar la denuncia? Tanto el funcionario público como el oficial están obligados a tomar la denuncia penal (no se trata de una exposición civil). En caso de negarse a hacerlo alegando que no le corresponde se recomienda recordarles que están obligados a hacerlo puesto que la Ley 14.346 es una norma nacional y que tienen la obligación de tomarla porque es su función. Es muy util llevar una copia de la ley de «Protección Animal» al momento de presentarse a denunciar.
Además, es muy importante llevar pruebas sobre lo que se está denunciando, por ejemplo fotografias o filmaciones. Éstas deben ser tomadas en lugares publicos porque en caso de no serlo el denunciante puede incurrir en el delito de violación de la privacidad. Otra buena prueba es el informe de un veterinario que de fe del estado del animal victimizado. Por ejemplo, si estan mal alimentados, si tienen heridas, etcétera.
Importante: describir bien el hecho al momento de la denuncia para saber de qué delito se trata. Dar detalle del lugar y momento en que ocurrió y en caso de conocer el nombre del denunciado, su apodo, sus señas particulares y/o domicilio, u otro dato relevante, debe brindarlo para facilitar la información. En caso de haber testigos también debe brindarse sus nombres y éstos deben declarar.
El maltrato animal es un delito penado por el Código Penal, de Acción Pública —es decir que puede ser denunciado por cualquier persona— y es un delito que puede ser denunciado ante la Policía, el Juzgado del Crimen o Fiscalía según la jurisdicción.