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martes, noviembre 5, 2024
Eliminan el recargo al dólar ahorro y aplican alícuota de 5% para paquetes turísticos en efectivo

Eliminan el recargo al dólar ahorro y aplican alícuota de 5% para paquetes turísticos en efectivo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó hoy el fin de las retenciones al dólar ahorro, compras al exterior y turismo, y detalló que sólo retendrá una alícuota de 5% en las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país, que se cancelen mediante pago en efectivo. En la Resolución General 3819 publicada hoy en el Boletín Oficial, se dejó sin efecto la Resolución 3450 que establecía la retención de 35% aplicable a las operaciones de adquisición de paquetes turísticos o compras en el exterior mediante el pago con tarjeta de crédito o débito. Asimismo, se eliminó la percepción que establecía la Resolución General 3583 de 20% sobre las operaciones de adquisición de moneda extranjera efectuadas por personas físicas. Se creó un régimen de percepción de 5% que se aplicará a las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas- del país y a la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática con destino fuera del país, que se cancelen mediante pago en efectivo. Las percepciones se considerarán, conforme la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), Impuesto sobre los Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias. La retención será aplicada por las agencias de viajes y turismo mayoristas y/o minoristas, que efectúen el cobro de los servicios y por las empresas de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática, que efectúen el cobro de los mismos. Según la normativa, el objetivo es «contar con información, en tiempo oportuno, de este tipo de operaciones y poder seguir la trazabilidad del dinero en efectivo». «Con las modificaciones introducidas por el Gobierno Nacional en el Mercado Único y Libre de Cambios, con su virtual unificación, los regímenes de percepción descriptos pierden virtualidad, toda vez que, además del interés fiscal, fueron dispuestos en miras de una política cambiaria diferente de la actual», concluye. La resolución lleva la firma del titular de la AFIP, Alberto Abad.

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