Tramite de Afiliación al PAMI (INSSJP) de
hijos menores de 21 años y esposa/o
En qué consiste
Afiliar al PAMI al cónyuge o concubino del
afiliado titular y/o a los hijos/as menores de edad solteros/as, ya
sean del titular y/o del cónyuge o concubino/a.
Mediante la realización de este trámite, se incorporan estos
miembros como familiares a cargo del afiliado titular, quedando bajo
la cobertura médico asistencial que brinda el PAMI
NOTA:
En forma inmediata podrá elegir un médico de cabecera, un prestador
de segundo nivel de atención médica, y un prestador odontológico.
Qué
documentación se debe presentar. Requisitos
Requisitos para poder incorporarlos como
familiares a cargo:
- Ser cónyuge o concubino/a, persona unida en aparente matrimonio,
de un afiliado titular.
- Ser hijo/a menor de 21 años de edad del titular y/o del cónyuge o
concubino/a, no emancipado por habilitación de edad o ejercicio de
actividad profesional, comercial o laboral.
Documentación:
1.- Ultima Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago
Previsional (CPP) o Recibo de Haber Previsional (RHP) del afiliado
titular.
2.- Documento de Identidad LC, LE o DNI con domicilio actualizado
del titular y de las personas cuya afiliación se pretende. En el
caso de extranjeros el DNI es el único documento válido. Original y
Fotocopia de 1era. y 2da. hoja.
3.- Constancia de CUIL de las personas sobre las que solicita la
afiliación.
4.- Libreta de Matrimonio (para afiliación de cónyuges y/o hijos
inscriptos en ese documento). Para afiliación de Cónyuge se
admitirá, también, Certificado o Partida de Matrimonio Civil.
5.- Partida de Nacimiento de los hijos (en los casos de afiliación
de hijos y que no se pueda acreditar el vínculo por medio de la
Libreta de Matrimonio).
6.- Para la afiliación de Concubino del Afiliado Titular se exige:
- Original de la información sumaria actualizada realizada ante
autoridad judicial competente, que acredite que el/la solicitante
convive en aparente estado de matrimonio con el/la titular del
beneficio como mínimo desde 5 años anteriores a la solicitud de
afiliación. Este plazo se reduce a 2 años en caso que tuviera hijos
en común con el titular del beneficio.
7.- En todos los casos se requiere el Formulario emitido por la
ANSeS en donde el beneficiario ejerce opción por PAMI como Obra
Social (Este Formulario se denomina CODEM).
NOTA:
Toda la documentación deberá ser presentada en Original y Fotocopia.
En caso que el trámite sea efectuado por el apoderado, éste deberá
concurrir con su documento personal y constancia del poder en el
Recibo de Haberes Previsional (RHP) u Orden de Pago Previsional
(OPP). En caso de no contar con este último requisito se admitirá la
constancia, emitida por ANSeS, de haber iniciado el trámite de
Apoderado.
El Formulario de ejercicio de opción de Obra Social (CODEM) es
aceptado, por PAMI, si no supera un año desde que fuera emitido por
la ANSeS. Una vez vencido el plazo, deberá solicitarlo nuevamente.
Cómo se hace
1.- Concurrir a la ANSeS a solicitar el
Formulario de opción (CODEM).
2.- Presentar la documentación solicitada en la dependencia de PAMI,
área de Afiliaciones, que le corresponde en razón de su domicilio,
(se recomienda, previamente, comunicarse con ésta para conocer, o
confirmar, el horario de atención). Allí el Agente Afiliador de PAMI
completará el Formulario de afiliación con los datos personales de
la/s persona/s que pretende incorporar como familiar/es a cargo que
deberá firmar en su carácter de afiliado titular, o su apoderado
según el caso. El Formulario de Afiliación tiene el carácter de
Declaración Jurada.
Cuánto vale
Gratuito.
Quién
puede/debe efectuarlo
Titular o Apoderado, avalado por ANSeS.
Qué vigencia
tiene el documento tramitado
En el caso del cónyuge o concubino/a el
trámite es de carácter definitivo por lo que una vez realizado no
debe volver a efectuarlo.
En el caso de los hijos menores, el beneficio caduca cuando
adquieren la mayoría de edad, pudiendo extenderse, en algunos casos,
sólo cuando se reúnen ciertas condiciones. Por ejemplo, se podrá
extender hasta los 25 años inclusive, en el caso de hijos/as
solteros/as cuando estén a exclusivo cargo del afiliado titular y
cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por autoridad
pertinente. También podrá extenderse en el caso de hijos del
afiliado titular, incapacitados para el trabajo, cualquiera sea su
edad y siempre y cuando se encuentren a cargo de aquél.
Consultar a PAMI ESCUCHA (138 o 0800-222-7264) sobre los requisitos
de afiliación de hijos estudiantes menores de 25 años, hijos
incapacitados y menores bajo guarda a cargo del afiliado titular.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
- Debería asistir UNA vez, si el trámite
se realiza en una dependencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Gran Buenos Aires o, en una cabecera (Unidad de Gestión Local) del
interior del país.
- Debería asistir DOS veces, en caso de efectuarlo en otra
dependencia administrativa del interior (agencia o corresponsalía),
ya que deberá presentarse la primera vez para entregar la
documentación solicitada y a los 20 días a retirar la credencial
definitiva.
De qué
organismo depende
Instituto Nacional de Servicios Sociales
para Jubilados y Pensionados (INSSJP), Ministerio de Salud y
Ambiente.
Dónde se puede
realizar
El trámite debe ser efectuado en la
dependencia administrativa del PAMI (Unidad de Gestión Local o UGL,
Agencia o Corresponsalía) que le corresponde a su domicilio.
El PAMI cuenta con cobertura geográfica de alcance nacional por lo
que el horario de atención puede variar en función de la región. Se
recomienda, previamente a la realización del trámite, comunicarse en
forma telefónica con la dependencia administrativa (Unidad de
Gestión Local (UGL), Agencia o Corresponsalía) en la que debe
efectuarlo, a fin que le informen las horas, días o períodos del mes
con menor concurrencia de público.
Acceda a consultar los datos de las
UGL o comuníquese telefónicamente con el PAMI a través de PAMI
ESCUCHA al 138 o 0800-222-7264 (PAMI).
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
PAMI - Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados
Línea Gratuita 138 o 0800-222-7264 (PAMI)
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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