Tramite de Alta y/o baja de farmacéutico
auxiliar
En qué consiste
Declarar el alta y/o baja de un
farmacéutico auxiliar de una farmacia con domicilio en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (C. A. B. A.) ante el Ministerio de Salud
de la Nación.
Se distinguen TRES casos:
CASO 1: Alta de un farmacéutico auxiliar.
CASO 2: Baja de un farmacéutico auxiliar.
CASO 3: Baja seguida de un alta de un nuevo farmacéutico auxiliar
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
Requisitos:
CASO 1: Alta de un Farmacéutico Auxiliar.
1.- Declaración jurada dirigida al titular de la Dirección Nacional
de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, solicitando el
Alta del nuevo Farmacéutico Auxiliar (indicando fecha de inicio),
con firmas autenticadas del Farmacéutico, del propietario y/o
representante legal y Farmacéutico con los datos personales de cada
uno de ellos y sus respectivos Nº de CUIT/CUIL. En el caso del
profesional Farmacéutico Nº de matrícula profesional y de colegiado,
fotocopia de CUIL/CUIT, DNI, domicilio particular, código postal y
teléfono.
2.- Copia de Disposición de habilitación del Establecimiento,
emitida por el Ministerio de Salud de La Nación.
3.- Certificado de libre regencia del profesional Farmacéutico
solicitado ante el Colegio de Farmacéuticos o el Ministerio de Salud
de la Prov. de Buenos Aires o ante la Autoridad Sanitaria de la
jurisdicción que corresponda.
CASO 2: Baja de un Farmacéutico Auxiliar.
1.- Declaración jurada dirigida al titular de la Dirección Nacional
de Registro y Fiscalización y Sanidad de Fronteras, solicitando la
Baja del Farmacéutico Auxiliar (indicando fecha de baja),
acompañando fotocopia telegrama de renuncia o despido, con firmas
autenticadas del propietario/ representante legal y Director Técnico
con los datos personales de cada uno de ellos y sus respectivos Nº
de CUIT/CUIL. En el caso de los profesionales farmacéuticos, Nº de
matrícula profesional y de colegiado, fotocopia de CUIL/CUIT, DNI,
domicilio particular, código postal y teléfono.
2.- Copia de la Disposición de habilitación del Establecimiento
emitida por el Ministerio de Salud de la Nación.
CASO 3: Baja seguida de un Alta de un nuevo Farmacéutico Auxiliar.
1.- Declaración jurada dirigida al titular de la Dirección Nacional
de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras solicitando el
Alta del nuevo Farmacéutico (indicando fecha de inicio) y Baja del
saliente (indicando fecha de baja), acompañando fotocopia telegrama
renuncia o despido, con firmas autenticadas del propietario/
representante legal y Farmacéuticos, con los datos personales de
cada uno de ellos y sus respectivos Nº de CUIT/CUIL. En el caso de
los profesionales Farmacéuticos, Nº de matrícula profesional y de
colegiado, fotocopia de CUIT/CUIL, DNI, domicilio particular, código
postal y teléfono.
2.- Copia de Disposición de habilitación del establecimiento emitida
por el Ministerio de Salud de la Nación.
3.- Certificado de libre regencia del profesional farmacéutico
entrante solicitado ante el Colegio de Farmacéuticos o el Ministerio
de Salud de la Prov. de Buenos Aires o ante la Autoridad Sanitaria
de la jurisdicción que corresponda.
NOTA: LAS FIRMAS DEBERÁN SER AUTENTICADAS ANTE BANCO, POLICÍA O
ESCRIBANO PÚBLICO.
NOTA 2: NO SE INICIARÁN TRÁMITES QUE NO INCLUYAN LA TOTALIDAD DE LOS
DOCUMENTOS REQUERIDOS. SERÁ CAUSAL DE SUSPENSIÓN Y/O DENEGATORIA DEL
TRÁMITE LA OMISIÓN, NO CUMPLIMIENTO O FALSEDAD DE LOS DOCUMENTOS
PRESENTADOS.
Cómo se hace
1.- Presentación de la documentación en
Av. 9 de Julio 1925, 7º piso Oficina “6” en el horario de 10:00 a
13:00 y de 14:00 a 16:00.
Allí se verifica que la documentación sea la correcta y esté
completa, de ser así se entrega la orden de pago, para continuar con
el trámite.
Si la documentación no fuese la adecuada, deberá presentarse
nuevamente.
2.- Con la orden de pago, el interesado debe abonar, en Tesorería
del Ministerio deSalud, 1° piso, en el horario de 10:00 a 13:00 y de
14:00 a 16:00.
3.- Toda la documentación junto al comprobante de pago, se presenta
en Mesa de Entradas, Planta Baja, en el horario de 10:00 a 13:00 y
de 14:00 a 16:00.
Allí le entregarán constancia de trámite iniciado donde figura su N°
de expediente.
4.- El Ministerio de Salud de la Nación lo notificará para el retiro
de la Disposición que habilita la baja y/o el alta del farmacéutico
auxiliar por Mesa de Entradas.
Importante: las consultas sobre el trámite se realizan por despacho,
ubicado en el 7º piso oficina “1” en el horario de 10:00 a 13:00 y
de 14:00 a 16:00 o al teléfono 4379-9000 interno 4665.
Cuánto vale
Arancel por ALTA: $16.
Arancel por BAJA: Sin cargo.
Arancel por ALTA/BAJA en el mismo trámite: $16.
La única forma de pago es en EFECTIVO.
El mismo se abona en la Tesorería del Ministerio de Salud de la
Nación, 1° piso en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00.
Quién
puede/debe efectuarlo
El propietario de la farmacia, el Director
Técnico o un tercero debidamente autorizado. No es necesario que se
presente el Farmacéutico Auxiliar.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentación de la documentación correcta y completa, abono del
arancel correspondiente.
2.- Retiro de la disposición que habilita la baja y/o el alta del
farmacéutico auxiliar por Mesa de Entradas.
De qué
organismo depende
Dirección de Registro, Fiscalización y
Sanidad de Fronteras. Ministerio de Salud.
Dónde se puede
realizar
Ver delegación.
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO DNRFySF - Dirección
Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras
9 de Julio 1925, 7mo piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(011) 4379-9000 Int. 4676
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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