Tramite de Apostilla de la Haya
En qué consiste
La “Apostilla de La Haya” es un sistema
simplificado de Legalización de documentos públicos que permite dar
validez a aquellos documentos que hayan sido extendidos en el
territorio de un Estado contratante y que deban ser presentados en
el territorio de otro Estado contratante
“Convención adoptada en la Haya el
5/10/1961 por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional
Privado”.
De acuerdo con la presente Convención serán considerados documentos
públicos:
a) Los documentos emitidos por una autoridad o un funcionario
perteneciente a un tribunal del Estado, inclusive los extendidos por
un fiscal de justicia, un secretario o un oficial de justicia;
b) Los documentos administrativos;
c) Las actas notariales;
d) Las certificaciones oficiales en documentos firmados por personas
privadas, tal como la certificación del registro de un documento o
de una fecha determinada y la autenticación de firmas en documentos
de carácter privado.
No obstante la presente Convención no se aplicará:
a) A los documentos extendidos por funcionarios diplomáticos o
consulares.
b) A los documentos administrativos relacionados directamente con
una operación comercial o aduanera.
Nota: Ud. puede consultar los países signatarios a la Convención de
La Haya copiando el siguiente link en su navegador http://hcch.e-vision.nl/index_en.php?act=conventions.authorities&cid=41
Qué
documentación se debe presentar. Requisitos
1.- Documentos públicos con cadena de
firma registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto (MRECIC).
Cómo se hace
1.- Presentar la documentación a
apostillar en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto, sito en Arenales 819, PB, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de Lunes a Viernes de 8:30 a 13:30 hs.
2.- Allí se analizará la documentación correspondiente y se le
entregará un talón con el cual podrá efectuar el pago en el Banco
Nación del 1° Subsuelo del Ministerio.
3.- Presentar por ventanilla, 1° Subsuelo del Ministerio, la
documentación junto con el talón de pago emitido por el Banco, y
luego retirar por mostrador, del mismo piso, la documentación
Apostillada.
NOTAS:
- Cuando el documento ha sido expedido por autoridad provincial o
municipal, deberá previamente legalizarse en el Ministerio del
Interior.
- El trámite se puede realizar en el Colegio de Escribanos más
próximo a su domicilio, se sugiere consultar allí los horarios y
días de atención.
Cuánto vale
Cada apostillado tiene un valor de $39.-
Quién
puede/debe efectuarlo
Cualquier persona con la documentación a
apostillar correspondiente.
Cuándo es
necesario realizarlo
Debe realizarse cuando es requerido por
autoridades oficiales extranjeras.
Qué vigencia
tiene el documento tramitado
No posee vencimiento.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir 1 (UNA) vez:
1.- Presentar la documentación a apostillar, abonar el arancel
correspondiente y retirar la documentación apostillada.
Nota: en caso de realizarlo en el Colegio de Escribanos más cercano
a su domicilio consulte allí sobre el trámite.
De qué
organismo depende
Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto (MRECIC).
Tiempo desde
la solicitud hasta la entrega
Se realiza completamente en el término del
día dentro del horario de atención al público.
Dónde se puede
realizar
- Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto, Arenales 819, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (cuando el documento ha sido expedido por autoridad
provincial o municipal, deberá previamente legalizarse en el
Ministerio del Interior).
- Colegios de Escribanos de Argentina.
Nota:
El 1° de Diciembre de 2003 entró en vigencia el convenio suscripto
entre la Cancillería y el Consejo Federal del Notariado Argentino
mediante el cual se faculta a los Colegios de Escribanos de la
República Argentina a legalizar bajo el sistema de apostille, los
documentos públicos que prevé el artículo 1° de la Convención de la
Haya de 1961. Mediante este convenio, se posibilita que la
ciudadanía pueda realizar los trámites ante el colegio de escribanos
más próximo a su lugar de residencia, evitándose innecesarias
dilaciones y costosos desplazamientos.
Consultar sobre los Colegios de Escribanos en el
Consejo Federal del
Notariado Argentino.
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
MRECIC - Ministerio de Relaciones
Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Esmeralda 1212
+54 (11) 4819-7000
admtramites@mrecic.gov.ar
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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