Tramite de Autorización para ejercer como
profesional de la salud
En qué consiste
Autorizar a ejercer a un
profesional de la salud en un establecimiento habilitado
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
1.- Solicitud de inscripción con carácter
de Declaración Jurada con firma autenticada por escribano público,
policía o banco donde tenga cuenta, de/los profesional/es pidiendo
la autorización para ejercer en el establecimiento.
Acceda a consultar el
Modelo de Solicitud de Autorización para Ejercer
2.- Número de Disposición o Trámite iniciado de Habilitación del
Titular.
3.- Fotocopia del Certificado de Especialidad (si la tiene).
4.- Contrato con empresa de residuos biopatogénicos; de no
producirlos presentar una nota con carácter de declaración jurada
firmada por el titular del consultorio.
5.- Certificado de vacunación de hepatitis B del profesional (Ley N°
24.151).
6.- Recetario membretado con datos básicos del establecimiento donde
se ejerce con firma y sello de los profesionales.
7.- Consignar todos los datos personales del profesional, N° de
matrícula, DNI, CUIT/CUIL (fotocopia de última factura de pago o
declaración), domicilio particular, teléfono.
8.- Constancia de pago de arancel.
NOTA: LAS FIRMAS/COPIAS DEBERAN SER AUTENTICADAS ANTE BANCO DONDE
TENGA CUENTA, POLICIA O ESCRIBANO PUBLICO.
NOTA 2: NO SE INICIARAN TRAMITES QUE NO INCLUYAN LA TOTALIDAD DE LOS
DOCUMENTOS REQUERIDOS. SERA CAUSAL DE SUSPENSION Y/O DENEGATORIA DEL
TRAMITE LA OMISION, NO CUMPLIMIENTO O FALSEDAD DE LOS DOCUMENTOS
PRESENTADOS.
Cómo se hace
1.- Presentar la documentación en
Habilitaciones del Ministerio de Salud, en la Mesa de Entradas sita
en 9 de Julio 1925, Planta Baja, en el horario de 10:00 a 13:00 y de
14:00 a 16:00.
Allí se verifica que la documentación sea la correcta y esté
completa; de ser así se entrega el aviso de pago, para continuar con
el trámite.
Si la documentación no fuese la adecuada, deberá presentarse
nuevamente.
2.- Con el aviso de pago, el interesado debe abonar en la Tesorería
del Ministerio de Salud.
3.- Toda la documentación junto al comprobante de pago, se presenta
en Mesa de Entradas, allí le entregarán constancia de trámite
iniciado donde figura el N° de expediente.
LA CONSTANCIA DE TRÁMITE INICIADO NO ES HABILITANTE PARA EJERCER.
4.- El Ministerio de Salud lo notificará para el retiro de la
Disposición o registro de autorización en Mesa de Entradas.
Cuánto vale
El arancel de Autorización para Ejercer es
$20.-
La única forma de pago es en EFECTIVO.
El mismo se abona en la Tesorería del Ministerio de Salud, 1° Piso
en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 15:00.
Quién
puede/debe efectuarlo
El titular del consultorio, gabinete o
establecimiento donde va a ejercer.
Qué vigencia
tiene el documento tramitado
Hasta que se realice la baja del
consultorio o el profesional deje de ejercer en el mismo.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentar la documentación correcta y completa, abonar el
arancel correspondiente, y retirar el número de expediente.
2.- Retirar y notificar la autorización para ejercer del profesional
de la salud.
De qué
organismo depende
Dirección de Registro, Fiscalización y
Sanidad de Fronteras, Ministerio de Salud.
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
DNRFySF - Dirección Nacional de Registro,
Fiscalización y Sanidad de Fronteras
9 de Julio 1925, 7mo piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(011) 4379-9000 Int. 4676
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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