Tramite de Autorización de oferta pública
para la emisión individual de obligaciones negociables
En qué consiste
Habilitar al solicitante para ofertar al
público inversor Obligaciones Negociables de acuerdo con un
prospecto de emisión informativo, en lo que constituye una apelación
al ahorro público
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
La solicitud de oferta pública de
Obligaciones Negociables y otros valores representativos de deuda
deberá estar acompañada de:
1.- Copia del acta de la asamblea y, en su caso, copia del acta de
la reunión del órgano de administración que resolvió la emisión.
2.- Prospecto confeccionado de acuerdo al Capítulo VIII “Prospecto”
de las Normas. Se puede acceder a las Normas a través de la
siguiente página web:
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/CNV/NORMASCNV2001.htm
3.- Un facsímil del título a emitir, en su caso.
4.- Documento que acredite la constitución de las garantías
especiales de la emisión o los avales otorgados.
5.- Plan de afectación de los fondos provenientes de la colocación
de la emisión.
6.- Convenio de colocación en firme, en su caso.
7.- Convenio con el fiduciario, en el caso del art. 13 de la Ley Nº
23.576. Se puede acceder a la Ley a través de la siguiente página
web:http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/23576.htm
8.- Acreditación, en su caso, de la(s) calificación(es) de riesgo.
9.- Informe de contador público independiente en relación con lo
dispuesto por el art. 37 de la Ley Nº 23.576. Se puede acceder a la
Ley a través de la siguiente página web:http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/23576.htm
Cómo se hace
1.- Debe ingresarse la solicitud en
formato papel con la documentación indicada, correcta y completa, en
la Comisión Nacional de Valores (CNV).
2.- Cuando la tramitación finaliza, el Organismo se encarga de
notificar al interesado mediante carta dirigida al domicilio
constituido por él.
Cuánto vale
Arancel de autorización: asciende al tres
por diez mil sobre el monto total a emitir.
Quién
puede/debe efectuarlo
Representante legal, apoderado o
autorizado del emisor.
Cuándo es
necesario realizarlo
Siempre que exista el propósito de
efectuar una oferta pública de Obligaciones Negociables.
Las facultades delegadas deben ser ejercitadas dentro de los dos
años de celebrada la asamblea de accionistas (art. 9º Ley 23.576
modificada por Ley Nº 23.962). Se puede acceder a la Ley a través de
la siguiente página web:http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/23576.htm
Qué vigencia
tiene el documento tramitado
Hasta el vencimiento de los títulos
emitidos.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentación de la documentación correcta y completa.
2.- Retiro de la Autorización, cuando la CNV notifica que se otorgó
la misma, mediante carta dirigida al domicilio constituido por el
interesado.
Períodos de
menor concurrencia
Durante las primeras horas de atención al
público de 10:00 a 12:00 hs.
De qué
organismo depende
Comisión Nacional de Valores (CNV),
Ministerio de Economía y Producción.
Tiempo desde
la solicitud hasta la entrega
30 días.
Dónde se puede
realizar
En la sede de la Comisión Nacional de
Valores
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
CNV - Comisión Nacional de Valores
25 de Mayo 175 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(5411) 4329-4600
webadm@cnv.gov.ar
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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