Tramite de Autorización de publicidad de
actividades del arte de curar
En qué consiste
Autorizar textos de difusión y propaganda
de actividades del arte de curar (medicina, odontología y
actividades de colaboración).
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
1.- Solicitud de autorización de textos de
difusión y propaganda de actividades del arte de curar, según lo
establecido por la Ley N° 17.132 y su Decreto Reglamentario N°
6216/67.
2.- La solicitud deberá estar firmada por el Director Técnico y/o
Médico. En caso de presentación de apoderado o propietario del
establecimiento los mismos deberán acreditar dicha situación ante
escribano.
3.- Se deberá acompañar de tres (3) ejemplares de la publicación
propuesta.
4.- Deberán adjuntar fotocopia de habilitación del establecimiento
donde coincida el nombre del Director Técnico y/o Médico presentante
con el nombre del autorizado en el acto resolutivo o dispositivo o
providencia emanado por la autoridad de fiscalización sanitaria.
NOTA 1: LAS FIRMAS/COPIAS DEBERAN SER AUTENTICADAS ANTE BANCO DONDE
TENGA CUENTA, POLICIA O ESCRIBANO PUBLICO.
NOTA 2: NO SE INICIARAN TRAMITES QUE NO INCLUYAN LA TOTALIDAD DE LOS
DOCUMENTOS REQUERIDOS. SERA CAUSAL DE SUSPENSION Y/O DENEGATORIA DEL
TRAMITE LA OMISION, NO CUMPLIMIENTO O FALSEDAD DE LOS DOCUMENTOS
PRESENTADOS.
Cómo se hace
1.- Presentar la documentación en
Habilitaciones del Ministerio de Salud, en la Mesa de Entradas sita
en 9 de Julio 1925, Planta Baja, en el horario de 10:00 a 13:00 y de
14:00 a 16:00.
Allí se verifica que la documentación sea la correcta y esté
completa; de ser así se entrega el aviso de pago, para continuar con
el trámite.
Si la documentación no fuese la adecuada, deberá presentarse
nuevamente.
2.- Con el aviso de pago, el interesado debe abonar en la Tesorería
del Ministerio de Salud, piso 1.
3.- Toda la documentación junto al comprobante de pago, se presenta
en Mesa de Entradas, allí le entregarán constancia de trámite
iniciado donde figura su N° de expediente.
LA CONSTANCIA DE TRÁMITE INICIADO NO ES AUTORIZANTE PARA LA DIFUSION
Y PROPAGANDA.
4.- El Ministerio de Salud lo notificará para el retiro de la
Disposición de autorización en Mesa de Entradas.
Cuánto vale
El arancel de la autorización es $20.- por
cada anuncio publicitario que el interesado desea publicar.
El mismo se abona en la Tesorería del Ministerio de Salud, 1° Piso
en el horario de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 15:00.
Quién
puede/debe efectuarlo
El Director Médico, el propietario y/o el
apoderado debidamente autorizado.
Qué vigencia
tiene el documento tramitado
Hasta que el interesado modifique el texto
de la publicación autorizada o venza el tiempo propuesto.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentar la documentación y abonar el arancel correspondiente.
2.- Retirar la Disposición de autorización.
De qué
organismo depende
Dirección de Registro, Fiscalización y
Sanidad de Fronteras, Ministerio de Salud.
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
DNRFySF - Dirección Nacional de Registro,
Fiscalización y Sanidad de Fronteras
9 de Julio 1925, 7mo piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(011) 4379-9000 Int. 4676
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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