Tramite de Bajas en las Entidades Sin Fines de Lucro (ESFL)
En qué
consiste
Se distinguen dos
casos de baja en una Entidad Sin Fines de Lucro (ESFL):
ASO N°1:
Baja definitiva de la Entidad en la Sección Especial del Registro de
Agentes de Viajes destinado para ESFL y cierre del Departamento de
Turismo habilitado en la Sede Central y en sus Filiales.
CASO N°2:
Baja del Departamento de Turismo habilitado en la Filial o
Delegación de la Entidad.
Qué
documentación se debe presentar. Requisitos
CASO N°1 se debe presentar:
1.- NOTA solicitando la baja, en papel con membrete de la Entidad,
firmada por la máxima autoridad de la misma. Se debe presentar
original y copia de la NOTA con noventa días de anticipación (Art.
16° Dec. 2182/72).
Nota: Cuando no se respete este plazo el Organismo de aplicación
postergará por igual período la devolución de los fondos o valores
entregados como garantía. En el supuesto que la garantía venciere en
este plazo deberán arbitrarse los medios para mantener la misma por
dicho período.
3.- Fijar un domicilio legal, real o especial donde pueden cursarse
comunicaciones y correspondencia en general. Consultar el modelo de
Formulario Solicitud de Cambio de Domicilio del Departamento de
Turismo.
4.- Declaración jurada manifestando que no tiene compromisos
pendientes o en su defecto, detalle de los mismos consignando
pasajeros, destino y fecha de salida y regreso.
5.- Devolución de las copias autenticadas de la Licencia habilitante
y otras dictadas con posterioridad (Sede Central).
6.- Devolución de la copia autenticada de la Licencia habilitante
del Departamento de Turismo de la Filial.
7.- Devolución del Libro de Reclamaciones e Inspecciones y del
Cartel Indicador con la leyenda “LIBRO DE RECLAMACIONES E
INSPECCIONES A SU DISPOSICION” (Sede Central y Filiales).
CASO N°2 se debe presentar:
1.- NOTA solicitando la baja, en papel con membrete de la Entidad,
firmada por la máxima autoridad de la misma, solicitando la baja de
la filial. Se debe presentar original y copia de la NOTA.
2.- Formulario Declaración Jurada Datos de la Entidad, con datos
actualizados en todos los casos, tanto de la Sede Central como de
todas las Filiales donde operen los restantes Departamentos de
Turismo habilitados.
Acceder al modelo de
Formulario Declaración Jurada Datos de la Entidad.
3.- Proceder a la devolución de Libro de Reclamaciones, cartel
indicador y copia de la Disposición o Resolución que lo habilitara.
Cómo se hace
1.- Presentar de la documentación
requerida en la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística
personalmente o por correo postal.
Cuánto vale
Gratuito.
Quién
puede/debe efectuarlo
El Presidente de la ESFL o persona
estatutariamente autorizada o un tercero autorizado mediante poder.
Cuántas
veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir UNA vez:
1.- Presentación de la documentación requerida.
NOTA: En caso de realizar el trámite por correo postal no es
necesario concurrir al organismo.
De qué
organismo depende
Ministerio de Turismo (MINTUR).
Tiempo desde
la solicitud hasta la entrega
En el CASO N°1 se debe pedir la baja con
noventa días de antelación, cuando no se respete este plazo el
Organismo de aplicación postergará por igual período la devolución
de los fondos o valores entregados como garantía. En el supuesto que
la garantía venciere en este plazo deberán arbitrarse los medios
para mantener la misma por dicho período.
Dónde se
puede realizar
Departamento de Registro de Agentes de
Viajes, Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística.
Delegaciones en las cuales realizar el
trámite
ORGANISMO MINTURISMO - Ministerio de Turismo
Suipacha 1111, piso 7 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
0800-555-0016
sugerenciasyreclamos@turismo.gov.ar
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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