Tramite de Cobro de Haberes Devengados de
Pensionistas de Personal Militar Retirado
En qué consiste
Solicitar el pago de los haberes
pendientes de cobro y la proporción del aguinaldo que corresponda
hasta un día antes del fallecimiento de la beneficiaria pensionista
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
1.- Acta de Defunción de la titular
(original y copia o copia certificada).
2.- Ultimo recibo de haber (original y copia o copia certificada).
3.- Si los gastos de sepelio fueron cubiertos totalmente por un
particular deberá presentar formulario 591, factura original de
gastos de sepelio firmada por autoridad de la empresa fúnebre y
certificada por la Entidad Bancaria con la cual opera la misma.
4.- Si los gastos de sepelio fueron cubiertos parcialmente por una
entidad (Obras Sociales; Entidades Corporativas; etc), deberá
presentar formulario 591, comprobante donde conste el importe
percibido o cubierto por dicho concepto, y copia autenticada de la
factura de gastos de sepelio firmada por autoridad de la empresa
fúnebre y certificada por la Entidad Bancaria con la cual opera la
misma.
5.- Si los gastos de sepelio han sido cubiertos por una entidad en
forma total, deberá presentar formulario 591, Libreta de familia o
Acta de nacimiento de los hijos (original y copia o copia
certificada).
6.- Declaratoria de Herederos (original y copia o copia
certificada).
Nota:
En caso de requerir que se abonen los Haberes Devengados a favor de
una sola persona, se deberá presentar poder ante Escribano Público.
Cómo se hace
Presentar la documentación especificada en
la sede del IAF o en las Oficinas Regionales.Puede hacerlo
personalmente, o por alguno de los siguientes medios:
1.- Por correo a:
INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES
MILITARES, Cerrito 572 - (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
2.- A través de las Sociedades Apoderadas.
Cuánto vale
Gratuito.
Quién
puede/debe efectuarlo
En el caso de las pensionistas fallecidas,
pueden gestionarlo la persona que cubrió los gastos de sepelio o los
deudos que integran el acervo sucesorio, según corresponda.
Cuándo es
necesario realizarlo
En caso de fallecimiento del beneficiario
pensionista (dentro de los cinco años a partir de la defunción).
Qué vigencia
tiene el documento tramitado
Definitiva.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir UNA sola vez.
En caso de realizar el trámite por correo postal, la concurrencia al
organismo no es necesaria.
Nota: Se comunica por nota lugar y fecha de la efectivización del
pago.
De qué
organismo depende
Instituto de Ayuda Financiera para Pagos
de Retiros y Pensiones Militares (IAFPRPM).
Tiempo desde
la solicitud hasta la entrega
90 días, varía según el estado de
rendición de los recibos de pago de la beneficiaria fallecida.
Observaciones
Recuerde que en caso de requerir que se
abonen los Haberes Devengados a favor de una sola persona, se deberá
presentar poder ante Escribano Público.
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
IAFPRPM - Instituto de Ayuda Financiera
para Pago de Retiros y Pensiones Militares
Cerrito 572 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
0810-222-2423
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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