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Tramite de Solicitud de Autorización para el Dictado de Cursos de Operador de Telecomunicaciones 

En qué consiste
Mediante el presente trámite se autoriza a una Institución Pública o Privada a dictar cursos de Operador de Telecomunicaciones

Los cursos y categorías existentes son los que a continuación se detallan:
- Para estaciones que no participan del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM), en orden descendente de categoría, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT):
a) Certificado General de Operador de Radiocomunicaciones.
b) Certificado de Operador Radiotelegrafista de Primera Clase.
c) Certificado de Operador Radiotelegrafista de Segunda Clase.
d) Certificado Especial de Radiotelegrafista.
e) Certificado de Operador Radiotelefonista General.
f) Certificado de Operador Radiotelefonista Restringido.
g) Certificado de Operador Radiotelefonista Restringido VHF.
h) Certificado de Operador Radiotelefonista Restringido VHF Aerodeportivo.

- Para estaciones que si participan del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM), en orden descendente de categoría, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Radiocomunicaciones:
i) Certificado Operador Radioelectrónico de Primera Clase.
j) Certificado Operador Radioelectrónico de Segunda Clase.
k) Certificado Operador Restringido.

- Para estaciones terrestres de los Sistemas Fijos o Móviles que no participan del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM):
l) Certificado de Operador de Télex.
m) Certificado de Operador Radiotelegrafista.
n) Certificado de Operador Radiotelefonista.

La Sección Certificados de Operadores de Telecomunicaciones (SCOT), perteneciente al Área Licencias y Autorizaciones de la Gerencia de Ingeniería tendrá a su cargo la verificación de antecedentes presentados para solicitar la autorización que otorga la Comisión Nacional de Comunicaciones a los Institutos Oficiales, Privados o Radio Clubes que deseen dictar cursos de Operador de Telecomunicaciones en alguna/s de la/s categoría/s de operador existentes.
 

Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Para acceder a la autorización que habilite a la Institución solicitante a dictar los cursos de Operador de Telecomunicaciones las mismas deberán presentar la siguiente documentación:
1.- Nota de solicitud ante la Comisión Nacional de Comunicaciones, fundamentando el pedido e indicando el curso de Operador de Telecomunicaciones a dictar.
2.- Formulario F2 - Datos del Solicitante como Institución.
3.- Descripción del lugar físico donde se dictará el curso, indicando dimensiones, cantidad de pupitres, ayudas didácticas, simuladores, gabinete para práctica y todo otro elemento que se considere adecuado para la correcta implementación del mismo.
4.- Nómina de los docentes responsables del dictado de cada curso con su respectivo Curriculum Vitae, certificado por autoridad máxima del Instituto solicitante. El docente para ser autorizado deberá poseer, como mínimo, el Certificado de Operador de Telecomunicaciones similar al curso que vaya a dictar.

Adicionalmente, dependiendo del tipo de Institución solicitante deberá presentar:
- Para Institutos Privados:
1.- Fotocopia certificada del Estatuto pertinente.
2.- Fotocopia certificada de habilitación del Instituto Oficial o Privado, según dependa del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación y/o Provinciales, Fuerzas Armadas o de Seguridad. Excepcionalmente se podrá autorizar a Institutos cuya habilitación haya sido otorgada por el Ministerio de Trabajo de la Nación.

- Institutos reconocidos por las Fuerzas Armadas o de Seguridad:
1.- Será necesario conocer, a través de una nota de la Fuerza, jerarquía y nivel profesional para el dictado de cursos.

- Para Instituto u Organismo reconocido por el Ministerio de Trabajo de la Nación:
1.- Fotocopia certificada que avale la jerarquía, nivel profesional e instalaciones adecuadas para dictado de cursos.

- Para Radio Clubes:
1.- Personería Jurídica Vigente.
2.- Balance certificado por el Consejo Profesional de Contadores Públicos y Listado de la Comisión Directiva actualizado al momento del inicio del trámite.
3.- Aval emitido por la Sección Radioaficionadas de la Comisión Nacional de Comunicaciones mediante la cual se pondere favorablemente el nivel profesional y la aptitud de las instaciones para dictar cursos.
4.- Formulario F30 - Solicitud de nuevo curso de Certificado de Operador de Telecomunicaciones en el caso de inicio de un nuevo curso una vez habilitada la escuela.
 

Cómo se hace
1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por vía postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico).
Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
 

Cuánto vale
Gratuito.
 

Quién puede/debe efectuarlo
Este trámite debe ser efectuado por el titular o apoderado de la Institución solicitante.
 

Cuándo es necesario realizarlo
Cuando se desee autorizar una Escuela de Formación de Operadores de Telecomunicaciones.
 

Qué vigencia tiene el documento tramitado
Permanente, mientras la Institución autorizada cumplimente todo lo requerido en la Resolución SC 2444/98.
 

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir UNA vez:
1.- El usuario/apoderado concurre a iniciar el trámite.

Nota:
- Posteriormente, las Áreas pertenecientes alas distintas Gerencias pueden requerir su presencia y solicitar documentación adicional.
- Si realiza el trámite por correo postal no es necesario concurrir al organismo.
 

De qué organismo depende
Comisión Nacional de Comunicaciones. Secretaría de Comunicaciones.
 

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
60 (sesenta) días hábiles a contar a partir del momento de la presentación de la documentación mencionada en los requisitos

ORGANISMO CNC - Comisión Nacional de Comunicaciones
Perú 103 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
0800-333-3344
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Mas información y fuente en : http://www.argentina.gov.ar

 

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