Tramite de Autorización de oferta pública
para la emisión individual de obligaciones negociables con convenio
con entidad autorregulada
En qué consiste
Habilitar al solicitante para ofertar al
público inversor Obligaciones Negociables de acuerdo con un
prospecto de emisión informativo, constituyendo una apelación al
ahorro público.
Al iniciarlo simultáneamente ante la Comisión Nacional de Valores (CNV)
y una entidad autorregulada, obtiene la autorización de oferta
pública del Organismo y la autorización para la cotización de los
títulos en la entidad autorregulada respectiva, en plazos más
reducidos
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
1.- Copia del acta de la asamblea y, en su
caso, copia del acta de la reunión del órgano de administración que
resolvió la emisión.
2.- Prospecto confeccionado de acuerdo al Capítulo VIII “Prospecto”
de las Normas. Se puede acceder a las Normas a través de la
siguiente página web:
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/CNV/NORMASCNV2001.htm
3.- Un facsímil del título a emitir, en su caso.
4.- Documento que acredite la constitución de las garantías
especiales de la emisión o los avales otorgados.
5.- Plan de afectación de los fondos provenientes de la colocación
de la emisión.
6.- Convenio de colocación en firme, en su caso.
7.- Convenio con el fiduciario, en el caso del art. 13 de la Ley Nº
23.576. Se puede acceder a la Ley a través de la siguiente página
web:
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/23576.htm
8.- Acreditación, en su caso, de la(s) calificación(es) de riesgo.
9.- Informe de contador público independiente en relación con lo
dispuesto por el art. 37 de la Ley Nº 23.576. Se puede acceder a la
Ley a través de la siguiente página web:
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/23576.htm
Cómo se hace
1.- Debe ingresarse la solicitud en
formato papel con la documentación indicada en la sede de la Bolsa
de Comercio.
2.- Copia de la presentación en forma simultánea, ante la CNV.
3.- Cuando la tramitación finaliza, el Organismo se encarga de
notificar al interesado, mediante carta dirigida al domicilio
constituido por él.
Cuánto vale
Arancel de Autorización de Emisión
Individual: asciende al tres por diez mil sobre el monto total de la
emisión.
Quién
puede/debe efectuarlo
Representante legal, apoderado o
autorizado del emisor.
Cuándo es
necesario realizarlo
Siempre que exista el propósito de
efectuar una oferta pública de Obligaciones Negociables.
Las facultades delegadas deben ejercitarse dentro de los dos años de
celebrada la asamblea de accionistas (art. 9º Ley Nº 23.576,
modificada por Ley Nº 23.962). Se puede acceder a la Ley a través de
la siguiente página web:
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/Leyes/23576.htm
Qué vigencia
tiene el documento tramitado
Hasta el plazo de vencimiento del título
emitido.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentación de la documentación correcta y completa.
2.- Retiro de la autorización, cuando la CNV notifica que se otorgó
la misma, mediante carta dirigida al domicilio constituido por el
interesado.
Períodos de
menor concurrencia
Durante las primeras horas de atención al
público de 10:00 a 12:00 hs.
De qué
organismo depende
Comisión Nacional de Valores (CNV),
Ministerio de Economía y Producción.
Tiempo desde
la solicitud hasta la entrega
30 días.
Dónde se puede
realizar
1.- En la sede de la Comisión Nacional de
Valores.
2.- En las entidades autorreguladas que hayan celebrado un convenio
de tramitación simultánea unificada de las autorizaciones de oferta
pública y cotización. Se puede consultar el listado de entidades
autorreguladas en:
http://www.cnv.gov.ar/LeyesYReg/CNV/NORMASCNV2001.htm
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
CNV - Comisión Nacional de Valores
25 de Mayo 175 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(5411) 4329-4600
webadm@cnv.gov.ar
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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