Asignación familiar
por maternidad para trabajadoras en relación de dependencia /
maternidad Down
En qué consiste
Consiste en el pago de un monto igual al
sueldo bruto que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora
durante el período de Licencia Legal con motivo del parto
Cuando la trabajadora se desempeña en más
de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación
Familiar en cada uno de ellos.
Corresponde el pago de la Asignación Familiar por Maternidad aún en
los siguientes casos:
- Interrupción del embarazo, siempre que éste tuviera lugar
cumplidos los ciento ochenta (180) días de gestación.
- Alumbramiento sin vida.
- Nacimiento anticipado durante el período pre-parto: los días
faltantes de dicho período se adicionan al período post-parto.
- Nacimiento con vida anterior al inicio de la Licencia pre-parto,
por los noventa (90) días de Licencia post-parto.
- Nacimiento a término en el cual no se haya iniciado la Licencia
por Maternidad por no haberse denunciado el estado de embarazo, por
los cuarenta y cinco (45) días posteriores al parto.
Además, para las trabajadoras de temporada:
- Cuando el período de Licencia pre-parto se hubiere iniciado
durante la temporada, a pesar de la finalización de ésta.
- Cuando se inicie la Licencia pre-parto dentro del período en el
que se encuentre gozando de la Licencia Anual Ordinaria.
Qué
documentación se debe presentar. Requisitos
Requisitos:
1.- Contar con una antigüedad mínima y continua de 3 meses en cada
uno de los empleos a la fecha de iniciada la Licencia por
Maternidad.
2.- La trabajadora permanente debe encontrarse en relación de
dependencia al momento de comenzar la Licencia por Maternidad.
3.- La trabajadora de temporada debe estar con prestación efectiva
de servicios al momento de iniciar la Licencia por Maternidad
Nota:
- Para el cobro de esta Asignación Familiar no rigen topes mínimos
ni máximos de remuneraciones
- La trabajadora que logra la antigüedad con posterioridad a la
fecha en que inició la Licencia por Maternidad percibirá la
asignación por los días que le resten gozar de la Licencia pre-parto
y/o post-parto a partir de la fecha en que alcanzó la antigüedad
requerida.
Documentación a presentar:
1.- Trabajadoras incluidas en el Sistema Único de Asignaciones
Familiares (SUAF):
a) Original del
Formulario PS.2.55 "DDJJ Novedades Unificadas - Sistema Único de
Asignaciones Familiares".
b) Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o de
Defunción: debe ser presentado dentro de los ciento veinte (120)
días de ocurrido el mismo.
c) En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado
médico.
2.- Trabajadoras del Sistema de Fondo Compensador y beneficiarias de
una Aseguradora de Riesgos del Trabajo:
a) Original del
Formulario P.S.2.4. “Declaración Jurada de Cargas de familia”.
b) Original del certificado médico que acredite el estado de
embarazo, donde conste:
- Nombre y apellido,
- Tipo y número de documento de la trabajadora,
- Fecha real o probable de parto,
- Fecha de emisión del certificado médico,
- Nombre y apellido del médico,
- Tipo y número de matrícula del médico,
- Meses o semanas de gestación
- Firma del médico.
c) Nota con carácter de declaración jurada en la que se informe a la
empresa la fecha a partir de la cual iniciará la Licencia por
Maternidad, la que debe ser presentada con anterioridad al inicio de
la misma.
d) Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o de
Defunción: Debe ser presentado dentro de los ciento veinte (120)
días de ocurrido el mismo.
e) En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado
médico.
NOTA: Las trabajadoras o Beneficiarias de una Aseguradora de Riesgos
del Trabajo incluidas en el Sistema Único de Asignaciones Familiares
(SUAF) deben presentar Original
Formulario PS.2.55 "DDJJ Novedades Unificadas - Sistema Único de
Asignaciones Familiares".
3.- Asignación por maternidad para hijos con síndrome de Down
En los casos de nacimiento de un hijo con Síndrome de Down, la
trabajadora en relación de dependencia tiene derecho a 6 meses de
Licencia sin goce de sueldo desde la fecha del vencimiento del
período de prohibición de trabajo por Maternidad. Durante este
período la trabajadora percibe una Asignación Familiar cuyo monto
mensual es igual al percibido en la Asignación Familiar por
Maternidad y es cobrada en las mismas condiciones y con los mismos
requisitos que la Asignación Familiar por Maternidad.
En este caso la trabajadora debe comunicar fehacientemente el
diagnóstico del recién nacido al empleador/ANSES con un Certificado
Médico expedido por autoridad sanitaria oficial, por lo menos con 15
días de anticipación al vencimiento de la Licencia por Maternidad.
El certificado médico debe contener:
- Nombre y apellido de la trabajadora
- Tipo y número de documento de identidad de la trabajadora
- Nombre y apellido del hijo recién nacido
- Diagnóstico de Síndrome de Down del recién nacido
- Nombre y apellido del médico
- Tipo y número de matrícula del médico
- Fecha de emisión y firma del médico.
Cómo se hace
1.- Si la empresa donde la trabajadora
presta servicios está incorporada al Sistema Único de Asignaciones
Familiares o es una beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del
Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares,
presenta la documentación correspondiente ante ANSES antes de
iniciada la Licencia por Maternidad, para tener derecho al cobro
íntegro de esta Asignación.
2.- Si la empresa donde la trabajadora presta servicios está
incorporada al Fondo Compensador o es beneficiaria de una
Aseguradora de Riesgos del Trabajo, presenta la documentación
respectiva ante el Empleador/Aseguradora de Riesgos del Trabajo, con
anterioridad al inicio de la Licencia por Maternidad, para tener
derecho al cobro íntegro de esta Asignación.
Nota:
Puede efectuar sus consultas a través de la línea telefónica
gratuita de ANSES, 130.
El horario de atención telefónica es de 8:00 a 20:00 hs.
RECUERDE: NO se otorgan turnos telefónicamente.
Cuánto vale
Gratuito.
Quién
puede/debe efectuarlo
La trabajadora.
Cuándo es
necesario realizarlo
Con anterioridad al inicio de la Licencia
por Maternidad, para tener derecho al cobro íntegro de esta
Asignación.
De qué
organismo depende
Administración Nacional de la Seguridad
Social (ANSES).
Dónde se puede
realizar
En la Unidad De Atención Integral (UDAI) u
oficina más cercana a su domicilio, solicitando un turno previamente
a través de la página Web de ANSES.
Puede visualizar aquí la
Unidad De Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a su
domicilio.
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
ANSES - Administración Nacional de la
Seguridad Social
Línea Gratuita 130
anses@anses.gov.ar
Ir a sitio
Comparte este articulo :
Tweet/
Compartir en Facebook
/
Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
|