Solicitud de registro de los contratos
suscriptos por los Proveedores de facilidades autorizados en la
República Argentina a través de sistemas geoestacionarios en el
Servicio Fijo por Satélite (SFS) y de Radiodifusión por Satélite (SRS)
– en el marco de lo previsto en el artículo 37 de la Parte I del
Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales – t.o. Resolución SC
Nº 3609/99
En qué consiste
Solicitud de registro de los contratos
suscriptos por los Proveedores de facilidades autorizados en la
República Argentina con sus usuarios de las facilidades contratadas
(licenciatarios de servicios de telecomunicaciones y de
radiodifusión y personas físicas y/o jurídicas debidamente
autorizadas), en el marco de lo previsto en el artículo 37 de la
Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales, t.o.
Resolución SC Nº 3609/99
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
1.- La solicitud y documentación a
presentar ante la CNC deberá estar debidamente certificada,
legalizada y traducida de corresponder, con arreglo a lo previsto en
el Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos
(Decreto 1759/72 t.o.1991) y normativa concordante.
Cómo se hace
1.- Presentar personalmente la
documentación correspondiente en la Mesa de Entradas de la Comisión
Nacional de Comunicaciones (CNC).
Cuánto vale
Gratuito.
Quién
puede/debe efectuarlo
Los proveedores de facilidades satelitales
deben registrar los contratos suscriptos con los usuarios de dichas
facilidades ante la autoridad de control (CNC), en virtud de lo
establecido en la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios
Satelitales, t.o. Resolución SC Nº 3609/99.
Cuándo es
necesario realizarlo
Los proveedores de facilidades satelitales
deben registrar los contratos suscriptos con los usuarios de dichas
facilidades ante la autoridad de control (CNC) dentro de los quince
(15) días hábiles de formalizados, en el marco de lo previsto por la
Resolución SC Nº 3609/99, del 19 de febrero de 1999: Parte I del
“Reglamento General de Gestión y Servicios Satelitales” desde órbita
geoestacionaria, artículo 37.
Cuántas veces
debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir UNA vez:
1.- Presentar la documentación correspondiente por escrito dando
inicio a la tramitación respectiva.
Nota:
Posteriormente, las Áreas pertenecientes a las distintas Gerencias
de la CNC intervinientes en dicha tramitación pueden requerir su
documentación complementaria y/o adicional con arreglo a lo
estipulado en la normativa aplicable precitada.
De qué
organismo depende
Comisión Nacional de Comunicaciones.
Observaciones
La administración toma registro del
contrato presentado suscripto entre el proveedor de las facilidades
satelitales y el usuario de las mismas.
Delegaciones
en las cuales realizar el trámite
ORGANISMO
CNC - Comisión Nacional de Comunicaciones
Perú 103 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
0800-333-3344
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Mas información y
fuente en :
http://www.argentina.gov.ar
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