La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María Cristina Carrión de Lorenzo aceptó los argumentos de apelación de la petrolera YPF para mantener la confidencialidad del acuerdo de inversión con la empresa estadounidense Chevrón, de cara a la exploración y explotación del yacimiento no convencional de Vaca Muerta en la provincia de Neuquén. De esta forma, el expediente pasará nuevamente a la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo, que ya había fallado en el mismo sentido. Así lo confirmaron a Télam fuentes vinculadas a la causa que refirieron que en la apelación presentada por YPF la semana pasada se mantenían los mismos argumentos que viene defendiendo la compañía de mayoría estatal para solicitar la confidencialidad de las cláusulas del acuerdo vinculadas a información de “relevancia comercial para la petrolera pero no de interés público” respecto a detalles de valor geológico, económico e industrial. YPF argumentó en su apelación ante la jueza que, de darse a conocer públicamente la totalidad de las cláusulas, estaría en desventaja respecto a otras empresas y a la hora de firmar nuevos contratos para exploración y explotación, en el desarrollo del yacimiento de Vaca Muerta u otros similares que pueda encarar la compañía en el futuro. La decisión de Carrión de Lorenzo de aceptar la apelación y remitir el expediente a instancia superior se contrapone a la que había tomado cuando dio un plazo de cinco días a la petrolera nacional para que entregue en sede judicial el acuerdo completo suscripto con Chevrón, medida que fue apelada por el nuevo directorio de la compañía en términos finalmente aceptados por la magistrada. La Corte Suprema había ordenado en diciembre que se difundiera el contrato entre las petroleras a instancias de una causa iniciada por el ex senador nacional Rubén Giustiniani (Socialista) actualmente diputado provincial por Santa Fe, y a instancias de la resolución del máximo tribunal la jueza reclamó a YPF la entrega del documento. El caso llegó a la corte luego de dos fallos a favor de YPF en primera instancia y en la Cámara de Apelaciones, la misma que ahora deberá a volver a manifestarse en el expediente. En uno de los párrafos del pronunciamiento, la Corte entendió que el derecho de difusión del acuerdo “corresponde a cualquier persona para ejercer el control democrático de las gestiones estatales, de forma tal que puedan cuestionar, indagar y -considerar si se está dando un adecuado cumplimiento a las funciones públicas. La información no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina”. La celebración de dicho acuerdo tomó estado público en virtud de la comunicación efectuada por la propia YPF a la Comisión Nacional de Valores el 16 de julio de 2013 de acuerdo a la legislación vigente, dada su condición de sociedad sujeta al régimen de oferta pública, al tiempo que realizó todas las comunicaciones necesarias a la Securities Exchange Commission de los Estados Unidos. “YPF cumple sistemáticamente con la remisión de información a las distintas autoridades de aplicación a nivel nacional y provincial que regulan y supervisan su actividad”, aseveró la empresa al afirmar en su reciente apelación ante la jueza Carrión de Lorenzo que demostró “en reiteradas oportunidades y con diversos instrumentos su buena predisposición y transparencia para ampliar el conocimiento que se tiene sobre este acuerdo”. También destacó la compañía que “generó, en más de una oportunidad, instancias de audiencia con los interesados para que puedan conocer el alcance y las características del contrato”, razón por la que “entiende y lamenta que podría haber una voluntad de utilizar este contrato con fines políticos, sin importar los daños que se generarían por dicha situación a YPF y a futuros proyectos de inversión de petróleo y gas en el país”. La compañía recordó que a la fecha la petrolera estadounidense lleva invertido en el proyecto Loma Campana más de 2.500 millones de dólares provenientes del ext
Hacen lugar a la apelación para mantener confidencial el acuerdo YPF-Chevron
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