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En caso de vuelos internacionales, el
embarque queda sujeto a la previa verificación de su documentación y
pago del impuesto aeroportuario. Por favor, preséntese en nuestro
mostrador de Web Check-in al llegar al aeropuerto. |
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Transporte Aéreo Internacional |
Si su viaje incluye un destino o parada en
un país que no sea el de salida, se puede aplicar el Convenio de
Varsovia y sus modificaciones de los Protocolos de La Haya y Montreal,
que en la mayoría de los casos limitan la responsabilidad de los
transportadores por muerte o daño personal y con respecto al equipaje
dañado o extraviado. |
Transporte Aéreo de Cabotaje |
Si su viaje se inicia y termina dentro del
territorio de la República Argentina sin escalas previstas en el
exterior, se aplica el Código Aeronáutico de la República Argentina
que, en la mayoría de los casos, limita la responsabilidad de los
transportadores por muerte o daño personal y con respecto al equipaje
dañado o extraviado. |
Aplicable al transporte Aéreo Internacional y de Cabotaje |
En cuanto no se contrapongan con las normas
antedichas, las Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo
(Resolución 1532/98 MEyOySP) que forman parte de este Contrato y pueden
ser consultadas en nuestras oficinas, regulan todo lo relativo a los
derechos y obligaciones de las partes. |