Hasta hoy, la Junta Electoral Provincial podía incluir en el padrón a los beneficiarios del llamado «voto joven», pero esa posibilidad se disipó con la medida cautelar que dictó Ebe López Piossek, presidenta de la Sala III, a instancias de PRO, el partido que promovió el pleito. Si bien el juicio continúa en trámite porque el gobierno provincial recurrió la sentencia y la Corte Suprema de Justica de Tucumán deberá revisarla, mientras no prospere un eventual recurso de revocatoria, sólo podrán votar en los comicios locales del 23 de agosto los ciudadanos que hayan cumplido los 18 años. En la resolución, López Piossek precisó que, si bien había sido admitido el recurso de casación (que habilita la intervención de la Corte), esta decisión estaba pendiente de notificación y, por ende, la Sala III no se había desprendido aún del caso. Luego, ordenó a la Junta que se abstenga de aplicar la Ley 8.532 cuya inconstitucionalidad había sido declarada por su tribunal. En octubre de 2012, la Legislatura provincial había modificado el Régimen Electoral Provincial (Ley N° 7.876) para que los ciudadanos de esa franja puedan votar, en forma optativa, en las comicios provinciales. La norma replicaba la legislación nacional (Ley N° 26.774), que habilita a los menores de esa edad a elegir presidente, senadores y diputados nacionales. Los chicos tucumanos de 16 y 17 años votaron en forma opcional en los comicios que en 2013 renovaron parcialmente el Congreso de la Nación, aunque en esa ocasión el impacto en las urnas no fue significativo ya que, según datos brindados por la junta electoral nacional sólo asistieron 6.000 de los 24.000 votantes habilitados en esa ocasión, lo que representa el 25 por ciento. Actualmente se estima que en Tucumán hay uno 49.000 jóvenes que podrían votar voluntariamente, pero a partir de esta resolución judicial podrán hacerlo en los comicios nacionales y no en los provinciales.
Los tucumanos de 16 y 17 años no podrán votar en los comicios provinciales
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