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viernes, noviembre 22, 2024
Los vehículos nacionales e importados que se vendan en el país deberán ensayarse en laboratorios aprobados por el INTI

Los vehículos nacionales e importados que se vendan en el país deberán ensayarse en laboratorios aprobados por el INTI

El Ministerio de Industria aclaró, mediante un comunicado, que en caso de que haya ensayos que no se puedan hacerse en el país, se aceptarán los realizados en el exterior, siempre que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) corrobore la idoneidad de esos laboratorios, como requisito para otorgar la Licencia para Configuración de Modelo “Esta norma es un paso más hacia la soberanía tecnológica”, afirmó Giorgi, y agregó que “permitirá el desarrollo de los laboratorios nacionales en condiciones de realizar los ensayos automotrices y una cadena de valor con mayores capacidades tecnológicas locales”. Los ensayos y pruebas deben realizarse en todos los vehículos que circulan en la Argentina, tanto automóviles como colectivos, camiones, motos y semirremolques. Cada uno de ellos debe cumplir distintas normas específicas de seguridad vehicular. El Ministerio de Industria viene desarrollando distintas acciones para consolidar un sector automotor competitivo e integrado, tanto al tejido productivo nacional como a su sistema tecnológico de apoyo. Uno de los pilares para consolidar ese sistema tecnológico es la RELIAU, red creada -en el ámbito del INTI- para contar con una alternativa local a los laboratorios radicados en el extranjero y conformada, inicialmente, con más de 70 laboratorios nacionales. Vigencia de los permisos otorgados Las nuevas Licencias para Configuración de Modelo tendrán vigencia por el plazo de cinco años a contar desde la fecha de su emisión, la cual podrá ser renovada por igual período previa acreditación ante el INTI de la repetición de los ensayos pertinentes. Las licencias anteriores a la resolución caducarán de acuerdo al siguiente cronograma: aquellas emitidas hasta el día 31 de diciembre del año 2004 caducarán el día 30 de junio del año 2015 y las otorgadas entre el día 1 de enero de 2005 y el día 31 de diciembre del año 2010 caducarán el día 31 de diciembre del año 2015. Por último, las emitidas a partir del día 1 de enero del año 2011 caducarán a los cinco años de la fecha de su emisión.

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