COMO TRAMITAR LA
NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Unos 200.000 argentinos podrán
optar por la nacionalidad española en un plazo aproximado de un año,
cuando sea efectiva una reforma del Código Civil de España, estimó
Lois Pérez Leira, coordinador del Movimiento Argentinos en el
Exterior
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La nueva normativa abrirá una puerta
importante de acceso directo a la nacionalidad española para los
nietos de emigrantes, sin límite de edad, y los bisnietos, menores
de dieciocho años, siempre que sus padres tengan también la
nacionalidad española y la cadena de transmisión no se interrumpa.
En la actualidad, 280.000 argentinos poseen la nacionalidad
española, según cifras oficiales.
Se trata de un importante cambio legal, motivado por una disposición
del "Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior", aprobado
con rango de ley por el Congreso, el pasado 30 de noviembre y en
vigor desde el 15 de diciembre.
Esta disposición, que obliga al Gobierno a revisar el Código Civil y
modificar, en el término de seis meses, algunos de los requisitos
para adquirir la nacionalidad, fue consensuada en el VII plenario
del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior que se
celebra hasta el miércoles en Madrid.
Pérez Leira, un histórico representante en este foro, explicó que
"se ha alcanzando un reclamo histórico de la emigración española".
Hasta ahora la ley, que data de 2002, limitaba el acceso directo a
la nacionalidad sólo a los "hijos de emigrantes" menores de 18 años
cuyo padre o madre fuese "originariamente español y nacido en
España".
Además, si estos hijos eran ya mayores de 18 años, solo podían
adquirir la nacionalidad mediante solicitud por el propio interesado
ante el Registro Civil de España, tras un año de estancia legal y
continuada en el país.
Con la reforma que se avecina, los hijos de emigrantes son
considerados "españoles de origen", independientemente del lugar y
fecha de su nacimiento, por lo tanto, sus hijos, la tercera
generación, podrán obtener la nacionalidad sin límite de edad.
Si este nieto de españoles tiene un hijo (bisnieto) menor de 18
años, podrá pasarle la nacionalidad, siempre que no se rompa la
cadena de transmisión, es decir, que no haya fallecido sin obtener
previamente la nacionalidad.
"Para este tipo de casos, cuando no puede acceder a la nacionalidad
porque se rompió la cadena de transmisión, solicitamos al gobierno
español que otorgue un visado especial a los nietos, para que puedan
residir legalmente en España, trabajar, y así, al término de un año,
podrán obtener la nacionalidad", dijo Pérez Leira.
La agrupación Fillos de Galicia apunta que "el requisito de que el
padre o la madre tengan la nacionalidad española volverá a marginar
a miles de nietos de emigrantes".
"Esta ley no va a tener en cuenta que hay muchísimos casos de gente
que emigró a finales del siglo XIX o principios del XX y no
inscribieron nunca a sus hijos en una embajada", señaló.
También mencionó a "aquellos casos cuyos padres, simplemente,
fallecieron ya sin haber recuperado la nacionalidad y, por lo tanto,
se ha roto la cadena de transmisión", dijo Daniel Tomé, responsable
de la organización
Fuente
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