ACTIVIDADES
PROHIBIDAS DURANTE LAS ELECCIONES
Las actividades prohibidas
durante la veda electoral
Las prohibiciones varían según la
proximidad horaria al comienzo de la votación y la distancia con las
mesas donde se realizarán los sufragios. A saber:
Durante el acto electoral Los
espectáculos populares al aire libre.
*Los espectáculos populares en recintos cerrados.
*Las fiestas teatrales y deportivas.
*Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
A 80 metros de la mesa
receptora de votos
*La realización de reuniones de electores en los
domicilios.
*La utilización de las viviendas como depósito de armas.
*La apertura de organismos partidarios.
*La distribución de boletas de sufragios a los electores.
48 horas antes y hasta el
cierre de los comicios
*La realización de actos públicos de proselitismo.
*La publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales.
48 horas antes y hasta 3
horas después del cierre de los comicios *La difusión,
publicación, comentarios o referencias, por cualquier medio, de los
resultados de encuestas electorales.
*El expendio de bebidas alcohólicas.
12 horas antes y 3 horas
después de finalizado el acto
*La portación de armas, banderas, divisas u otros
distintivos
Fuente
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