DEVOLUCIÓN DE IVA
EN LAS TARJETAS DE DEBITO
El Gobierno analiza duplicar la
devolución en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para determinados
consumos con tarjetas de débitos y reactivar así la demanda de los
consumidores en medio de la crisis global
Más precisamente, el proyecto
elaborado por el titular de la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP), Claudio Moroni, prevé elevar de 5 a 10% el
reintegro para gastos realizados en almacenes y supermercados.
La medida apunta a compensar el
frustrado anuncio de un adicional salarial de fin de año reclamado
por la Confederación General del Trabajo (CGT).
Moroni precisó que la medida
representará un impacto fiscal de unos $700 millones anuales , tal
como informa el diario Crítica en la edición de este viernes.
Extensión del
beneficio
Por otra parte, cabe recordar que -de no mediar prórroga- a fin de
año cae la devolución del IVA que se obtiene por la utilización de
las tarjetas de débito. Desde Arizmendi, oportunamente advirtieron
sobre la necesidad de renovación de la medida para que el beneficio
continúe en el 2009.
Desde Arizmendi explicaron que en el
momento de realizar una compra o el pago de un servicio con tarjeta
de débito, los consumidores obtienen el reintegro de un porcentaje
del IVA incluido en el precio final abonado.
Están alcanzados por el beneficio de devolución, todos los pagos
efectuados en el país en la medida que sean por importes iguales o
inferiores a 1.000 pesos .
Se encuentran exceptuados del régimen de retribución, las siguientes
operaciones:
- Pagos de servicios públicos
-gas, electricidad, aguas y teléfono fijo o celular-.
- Pagos por servicios de enseñanza
privados, de guarderías y jardines.
- Cuando el vendedor del bien o el
prestador del servicio sea monotributista.
- Realizadas con entidades
financieras.
- Servicios prestados por
entidades exentas en el Impuesto a las Ganancias.
- Compras de billetes de lotería y
juegos de azar.
- Compras de combustibles y gas
natural.
El descuento es del 5% del IVA de la
operación; por ejemplo al adquirir un bien en $50 se paga de
impuesto el 21%, o sea $10,5. En este caso, el reintegro es de $2,5
-significando el 4,13% del pago total realizado de 60,50 pesos-.
Además, la devolución de los importes se efectuará en la cuenta
bancaria vinculada a la tarjeta de débito utilizada por el
consumidor; y se acreditará dentro del 5 días hábiles siguientes a
la finalización del mes calendario en el que se realizaron los
pagos.
Por último, vale recordar que no tienen devolución las operaciones
en las que se utilizan tarjetas de crédito , beneficio que fuera
eliminado el año pasado
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