VIOLO Y MATO A SU
CUÑADA
Martín Oviedo sepultó bajo piedras a
Mirna Natividad Serrano, de 15 años. Continuará detenido, ya que
llegó en esa instancia al juicio que culminó este lunes
Un hombre fue condenado a reclusión
perpetua por violar, asesinar y luego sepultar bajo piedras a su
cuñada adolescente, en la localidad bonaerense de Villa Luzuriaga en
diciembre de 2003.
Se trata de Martín Uviedo (30), quien fue condenado por el abuso
sexual con acceso carnal en concurso real con homicidio criminis
causa (para ocultar otro delito) de Mirna Natividad Serrano (15).
El fallo fue dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de
La Matanza, pero el condenado solicitó no estar presente durante la
lectura del veredicto, por lo que antes de conocer la sentencia fue
llevado nuevamente a prisión.
El hecho por el que se juzgó a Uviedo se descubrió el 20 de
diciembre de 2003, cuando él mismo dijo haber hallado el cadáver de
su cuñada -desaparecida desde el día anterior-, sepultado debajo de
piedras en la avenida Don Bosco al 2300 y Almafuerte, de Villa
Luzuriaga, partido de La Matanza.
La adolescente había sido violada y asesinada a golpes en la cabeza
con una de las piedras encontradas en el lugar, según determinaron
los forenses.
En su alegato, el fiscal remarcó que para poder violar a la chica,
Uviedo le aplicó como anestesia el medicamento "Bourdarel", pero
además dijo que presume que en el hecho intervinieron otras
personas.
Los médicos también encontraron en el cuerpo de la chica marcas de
estrangulamiento, pero determinaron que el asesino le comprimió el
cuello para poder dominarla, perdió el conocimiento con la maniobra
compresiva y luego fue asesinada a golpes.
A partir de los testimonios del entorno familiar, los investigadores
apuntaron desde el inicio hacia Uviedo, pero fue la prueba
científica la que terminó de incriminarlo.
Tras un estudio de ADN, se pudo comprobar que el patrón genético,
tanto del semen como de un vello encontrado en la víctima, coincide
con el del imputado.
Además, y pese a que habían sido lavadas, la Policía Científica
detectó sangre de la víctima en prendas de vestir del sospechoso.
Asimismo, Uviedo tenía lesiones de defensa compatibles con rasguños
que la chica pudo haberle hecho.
En el juicio, el defensor oficial Diego Bargueño había desacreditado
el resultado de la pericia sobre los filamentos pilosos, al entender
que "su certeza es alta pero no es concluyente" y pidió que se
excluya como prueba la pericia de ADN.
Bargueño entendió que cuando se hizo ese análisis fue violado el
derecho constitucional de legítima defensa, ya que Uviedo
oportunamente había planteado la impugnación de la medida.
En ese sentido, había solicitado la absolución de su defendido y
subsidiariamente, que en caso de recaer condena sea por la pena
mínima para el delito de homicidio simple, es decir ocho años.
Sin embargo, el tribunal no tuvo en cuenta los pedidos de la defensa
y condenó a Oviedo a la pena máxima
Fuente
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