COMO APROVECHAR
LA MORATORIA IMPOSITIVA
Condenado por los tributaristas, el
paquete de blanqueo que lanzó el Gobierno para recuperar la
confianza recogería cierto grado de adhesión por muchos agentes
económicos con situaciones irregulares, en un detrimento simbólico
de los cumplidores de siempre
Se suele decir que la Argentina es un
país generoso, un cinismo para designar la laxitud en la historia de
nuestro país para tratar a los chantas, a los avivados. Y el
proyecto de moratoria impositiva, blanqueo de empleados y de
capitales parece confirmar, más allá del beneficio que hay para
casos puntuales y necesitados, la tendencia de la historia.
Para separar los tantos, PERFIL
consultó a expertos del Consejo Profesional de Ciencias Económicas,
KPMG, Deloitte y Kaplan, Volman & Asociados acerca de los alcances
del paquete anunciado esta semana por la presidenta Cristina
Kirchner en un intento por mejorar las expectativas económicas,
sobre todo de los industriales.
Los especialistas consultados no
salían de su asombro, precisamente por la “generosidad” de la
medida.
Según el Ejecutivo, el proyecto,
presentado por el jefe de Gabinete, Sergio Massa, y girado el
miércoles al Congreso, apunta a amortiguar los efectos de la crisis
financiera internacional, mantener una tasa de crecimiento del 4% en
2009 y garantizar la estabilidad laboral de los trabajadores
registrados.
Contribuyentes en mora, gente fuera
del sistema y ahorristas con dinero sin declarar se preguntan qué
ventajas tendrá el plan. Dejando de lado por un momento las
cuestiones morales, éticas y políticas, la respuesta unánime de los
especialistas es que, de aprobarse tal como está, se trataría de una
oportunidad “única”, “sin precedentes”, “un regalo que no habría que
desaprovechar”.
Moratoria impositiva
—A quiénes beneficia. A cualquiera
(monotributista, empresario) que tenga deuda con la AFIP incumplida
hasta el 31 de diciembre de 2007 y que decida sumarse. Incluso, a
quienes tengan causas judiciales en curso.
—Los excluidos. En ese grupo están:
-Contribuyentes quebrados, con
sentencia penal firme.
-Quienes hayan sido funcionarios
públicos.
-Empresas que hayan accedido a
regímenes promocionales que den beneficios tributarios.
—Beneficios. La norma incluye un plan
de facilidades. Pagando sólo el 6% del capital adeudado, el
contribuyente redimido podrá acceder a un financiamiento del resto
de la deuda en hasta 120 cuotas mensuales, con un interés del 0,75%
mensual, es decir, un 9% anual. Se trata de una ganga ya que,
actualmente, la tasa a pagar es del 30% anual. Además, a estos
contribuyentes se les perdonarán multas, intereses y sanciones sin
sentencia firme de la ley Penal Tributaria.
—Plazo. Se contará con hasta seis
meses desde la publicación en el Boletín Oficial para adherirse a la
moratoria. El momento en que se entra es crucial en términos de
beneficios, porque se accede a más reducción de los intereses cuanto
antes se toma la decisión:
-Si se ingresa en los primeros dos
meses de vigencia, la rebaja de intereses será del 70 por ciento.
-Si entra entre el tercer y cuarto
mes, la reducción será del 60 por ciento.
-Si la adhesión se hace entre el
quinto y el sexto mes, se perdonará el 50 por ciento.
—Lo que llama la atención de los
expertos.
“No parece razonable que se limite la
aplicación de la regularización al 31/12/07, cuando los
incumplimientos de los contribuyentes que están dentro del sistema
se han generado mayormente en los últimos meses de este año”, dijo
la contadora Flavia Melzi, vicepresidenta segunda del Consejo
Profesional de Ciencias Económicas.
“Hubo moratorias parecidas, pero ésta
agrega la condonación de sanciones penales tributarias”, alertó
Beatriz González de Retcher, socia de KPMG a cargo del departamento
Contencioso Tributario, Tax & Legal y ex presidenta del Tribunal
Fiscal de la Nación. “El interés (de refinanciación de la deuda
impositiva) es muy bajo”, consideró González de Retcher.
Las facilidades de pago anteriores
implicaban reducciones mínimas de los interés. La actual propuesta
se torna más atractiva.
“Es una gran oportunidad para
regularizar deudas que se estén discutiendo en sede administrativa,
en el Tribunal Fiscal de la Nación y en el Poder Judicial”, le dijo
a PERFIL Mario Volman, socio de Kaplan, Volman & Asociados. “Se
venía esperando desde hace varios años, frente a la existencia de
cuestiones controvertidas, como la falta del reconocimiento del
ajuste por inflación impositivo por el fisco y cuestiones
interpretativas”, agregó.
“Permitirá un alivio en término de
cantidad de expedientes bajo análisis en las oficinas de revisión y
recursos del fisco y en los tribunales especializados, ya que
numerosas causas finalizarán”, aseguró Volman.
Si bien el proyecto no menciona los
derechos aduaneros, tampoco los excluye expresamente. En
consecuencia, en principio, Melzi consideró que estarían incluidos.
—Advertencia. Poder cumplir con las
cuotas del plan de facilidades dependerá del monto adeudado y de la
capacidad de generación de nuevos ingresos de quien adhiera. Por más
que el plazo, diez años, sea extenso, habrá que evaluar si la
empresa o el monotributista está en condiciones de afrontar los
compromisos. Para algunas pymes, “puede ser un salvavidas de plomo”,
aseguró Luis Dubiski, socio de Finanzas Corporativas de Deloitte.
Moratoria previsional
—A quiénes beneficia.
-A cualquier empresa con empleados en
“negro” o en “gris” y a aquellas que contraten personal nuevo. El
proyecto incluye, en principio, tanto a trabajadores nuevos como a
aquellos absolutamente fuera del sistema y a los que cobran sólo una
parte de su salario en blanco.
-A los empleados regularizados, que
pasarán a contar con beneficios jubilatorios, ART y obra social.
-A quienes buscan trabajo si la
medida resultara atractiva para las empresas.
Quedarán afuera:
-Los empleados ya declarados o
reincorporados.
-Empleadores a los que se les haya
constatado empleo no registrado con anterioridad.
-Empleadores que incluyan empleados
ya declarados o reincorporados.
—Beneficios.
-Se perdonan multas y sanciones que
corresponderían por blanquear personal.
-Por los primeros diez trabajadores
blanqueados, se perdona además toda la deuda por la falta de aportes
(incluyendo ART, obra social, etc.).
-A partir del trabajador número 11,
sólo se perdona la falta de aportes a la ART.
-A futuro, el proyecto reduce por dos
años el pago de cargas sociales para las empresas que incorporen
nuevo personal o “blanqueen” empleados. En el primer año, las
empresas sólo pagarán el 50% de las contribuciones, y en el segundo,
el 75 por ciento.
-En el caso de empleados blanqueados,
el Estado se hace cargo de la totalidad de las contribuciones por
hasta cinco años.
-También perdona los ajustes fiscales
en el IVA y en Ganancias que se generarían por la utilización de
fondos no declarados.
—Plazo. Se contará con hasta seis
meses desde la publicación en el Boletín Oficial para adherirse a la
moratoria. No se dan más beneficios por adherirse antes.
Llama la atención de los expertos que
este plan de blanqueo de empleados “produce una marcada inequidad
respecto del contribuyente cumplidor”, destacó Melzi, ya que quien
cumple queda en desventaja no sólo por haber hecho contribuciones
sino por haber pagado IVA y Ganancias (al no tener una caja negra).
“El proyecto se presta a maniobras
para obtención fraudulenta de beneficios”, advirtió Melzi. Por
ejemplo: un trabajador al que le falten cinco años de aportes para
poder jubilarse podría recurrir a una empresa “amiga” que le hiciera
el favor de decir que trabajó en negro para ella.
Si bien el proyecto no es
exclusivamente para pymes, éstas “se verían en una situación ideal
para formalizarse”, consideró Dubiski. “Siempre les resultó difícil
conseguir crédito bancario por su informalidad. Si toman esta
oportunidad, cuando pase la crisis financiera, podrían acceder a
mejores alternativas financieras”, agregó.
El blanqueo de capitales
—A quiénes beneficia. A quienes
tengan ahorros no declarados dentro o fuera del país. Dejando de
lado dinero del narcotráfico y otros delitos graves, se podrían
beneficiar:
-Asalariados que ahorraron
guardándolos en “el colchón”. Normalmente, tendrían que pagar Bienes
Personales.
-Agentes con dinero generado en
ventas en negro. No tendrían que pagar IVA ni Ganancias.
—Quiénes quedan afuera.
-Contribuyentes quebrados, con
sentencia penal firme.
-Quienes hayan sido funcionarios
públicos.
—Beneficios.
-No estarán obligados a declarar la
fecha de compra de lo que blaqueen. Así, se incluyen los fondos ya
invertidos, por ejemplo, en desarrollos inmobiliarios.
-Se les perdona toda acción civil,
penal –incluida Penal Tributaria–, administrativa y profesional.
-No pagarán los impuestos de períodos
pasados.
-Sólo deberán pagar un impuesto
especial que varía según el destino:
+ El 8% para bienes radicados en el
exterior y tenencia de divisas en el exterior, que no se transfieran
al país.
+ El 6% para bienes radicados en el
país y tenencia de pesos o divisas sin destino específico. En este
caso, los fondos estarán congelados por dos años.
+ El 3% para pesos o divisas, en el
país o en el exterior, que se destinen a títulos públicos. En este
caso, si se venden antes de los dos años, se le adiciona un 5 por
ciento.
+ El 1% para pesos o divisas, en el
país o en el exterior, de personas físicas, que se destine a compra
de viviendas nuevas, obras en curso, obras de infraestructura,
inversiones inmobiliarias, agro-ganaderas, industriales o de
servicios en el país.
-Para repatriar los fondos, no se
pagará el impuesto al cheque.
—Plazo. Se contará con hasta seis
meses desde la publicación en el Boletín Oficial para adherirse a la
moratoria. No se dan más beneficios por adherirse antes.
—Lo que llama la atención de los
expertos. El proyecto incluye un artículo que aclara que no se
liberará a las entidades financieras ni a las personas vinculadas
con la transacción, de la legislación contra el lavado de dinero, el
financiamiento del terrorismo y otros delitos, “excepto respecto de
la figura de evasión tributaria”. “ Se trata de una falacia”,
consideró Melzi, “ya que este artículo se contradice con los
anteriores y fue puesto para intentar no contraponerse con los
tratados firmados por la Argentina”. Según la especialista, “no hay
forma de detectar lavado de dinero ni otros ilícitos si se desconoce
el origen de los fondos”.
“En la situación actual, ¿quién va a
dejar sus fondos congelados dos años?”, se preguntó retóricamente
Melzi, quien consideró además que con la medida no se resolverá la
fuga de capitales.
También genera dudas entre
especialistas que se permita dejar el dinero en el exterior.
A pesar de los beneficios impositivo,
González de Retcher recomendó cautela al tomar la decisión de
blanquear. Si bien consideró atractiva de blanquear y mantener los
fondos en el exterior, se preguntó: “¿Qué pasa si el Gobierno dice
que hay que traer el dinero exteriorizado?”.
Todo por un crédito. A la hora
de dar sus consejos, luego de analizar lo que se conoce hasta ahora,
los analistas no dudan: desde el punto de vista ético y de ejemplo
para los contribuyentes, este esquema rompe con todo lo construido
por años en cultura tributaria.
Pero, al mismo tiempo, coincidieron
en que tal como está redactado el proyecto sería posible blanquear
sólo una parte de los fondos. En el caso de las pymes, esto
significaría acceder a líneas de crédito bancarias.
Tal vez la posibilidad de calificar
para un préstamo sea la mayor ganancia que pueda presentar un
proyecto como el que se discutirá en diciembre en el Congreso
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